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Demanda al canon de CDs

editada por Yonderboy el 27 de Junio 2006, 09:06h   Printer-friendly   Email story
desde el dept. tomando-la-iniciativa-
makross nos cuenta: «Como ya anunciamos en su día, vamos a demandar el canon de CDs/DVDs. Toda aquella persona interesada en unirse a la demanda tan sólo tiene que acudir a los juzgados de lo mercantil de la C/ Capitán Haya, 66, en Madrid. En otras ciudades hay gente interesada en reunirse, pero todavía no se ha concretado lugar. Si no has podido agenciarte ninguno de los papeles necesarios, acude de todas formas para que puedas rellenarlos en la propia mesa que montaremos al efecto, para la gente que sí ha podido, tened en cuenta que la demanda ha cambiado hace una semana.»

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  • Y en otras provincias

    (Puntos:3, Interesante)
    por ArriKi (21019) el Martes, 27 Junio de 2006, 11:10h (#767898)
    ( http://barrapunto.com/~ArriKi/journal | Última bitácora: Martes, 01 Julio de 2008, 09:13h )
    ¿En Asturias alguien ha organizado algo? Si por algún casual se pierde el juicio...¿Quien paga los costes procesales? Hay que estar en todo.
    --
    • "Los pastores serán brutales mientras que las ovejas sean estúpidas" E. Godin
  • por pobrecito hablador el Martes, 27 Junio de 2006, 11:48h (#767926)
    http://www.compartecultura.blogspot.com En ningún punto de la nueva LPI se dice que la copia privada haya de ser realizada a partir del original. Eso para vuestra información es la copia de seguridad (aplicable solamente al software) Sin duda se trata de otra manipulación/malinterpretacion mediática para hacer creer a la gente que han de comprar/consumir obligatoriamente si quieren acceder a la cultura. Parece que la nueva LPI, básicamente extiende el canon a los móviles y mp3 y exime de su pago a las empresas pero no afecta en nada a la copia privada, simplemente en que ésta ha de ser realizada por personas físicas y no por empresas (que para eso ya no pagan canon). Esto supone para nosotros una pequeña ventaja ya que, el que bien pueda, podría adquirir los soportes (cds, dvs, etc) a través de la empresa para la que trabaja y así evitar pagar el canon injusto. - Nadie os va a pedir los originales: La tecnología ha permitido que hoy día sea imposible diferenciar una copia de un original, además es imposible controlar el número de copias y además es imposible el probar frente a un tribunal si las copias han sido sacadas de los supuestos originales. - No olvidéis la presunción de inocencia: En ningún momento la nueva LPI dice que las copias privadas han de ir acompañadas por el ticket de compra del original. Si alguien os pregunta: ¿cómo demostráis que habéis hecho esas copias de los originales? Le podríamos responder 3 cosas: 1) No teneis por qué demostrar nada ya que es imposible saber si las copias han salido o no de un original. En todo caso correspondería al que acusa el demostrarlo, y no va a poder aunque quiera. 2) Si se pone farruco, le podéis decir que todas las copias privadas que tenéis hechas han sido sacadas de los originales que antes habeis comprado y que después de copiarlos los habeis quemado (los originales) en la chimenea de vuestra casa junto con las facturas ¿acaso dice la ley que tenemos que conservar las facturas y los originales a toda costa?. 3) Le mandáis a la mierda y a la vez le decís que se lea el libro de David Bravo. - En cuanto a "...a partir de obras a las que haya accedido legalmente": ¿Me puede alguien explicar cómo se puede acceder legalmente a una obra? ¿En el Corte Inglés? O sea que si la compro en una tienda ¿estoy accediendo legalmente a ella? O sea, que si un amigo me la regala (gratis) copiada en un cd ¿estoy accediendo ilegalmente a ella? Y si la compro a un mantero, ¿acaso estoy cometiendo un delito?. Que os quede claro que no se puede acceder legalmente a una obra, simplemente se accede y punto. Y si lo que pretenden con eso es ponerle la etiqueta de legal o ilegal a una copia, van listos, ya que las copias en sí mismas no son ilegales ni legales, simplemente son copias, y lo único que penaliza la LPI es su USO. Es decir, que lo que existe es un USO ILEGAL DE LA COPIA que es en este caso el venderla a cambio de , a ver si nos enteramos ya de una vez. ¿Acaso una persona negra es ilegal por ser negra? Pues obviamente no, las personas no son legales ni ilegales, simplemente son personas y lo que si puede ser ilegal o irregular es por ejemplo su situación en un país, pero en sí misma la persona no es ilegal, pues lo mismo pasa con las copias. Os aseguro que todo va a seguir como hasta ahora: con el emule a toda pastilla y descargando y compartiendo. Meteros en la cabeza que esto es imparable. La cultura es un patrimonio de toda la humanidad, y no el monopolio de unas pocas corporaciones que lo que buscan es fusionar la esfera comercial con la cultural, es decir, lo que quieren es mercantilizar la cultura a toda costa y limitar su acceso al que pueda permitírselo con el puñetero dinero. No creáis que el cuento de que el mercado surgió antes que la cultura, que es lo que nos quieren hacer creer. La cultura está antes que el mercado, todos somos creadores, y las leyes se hacen (supuestamente) para el beneficio de las personas y no para el beneficio y el monopolio mercantilista del hipercapitalismo que pretende que paguemos por todo. De este modo si la l
  • Re:No teneis razon

    (Puntos:1)
    por Gu (24510) <plan9fromouterspace@example.com> el Martes, 27 Junio de 2006, 09:13h (#767784)
    ( http://lared.dsland.org/ | Última bitácora: Martes, 26 Febrero de 2008, 10:50h )
    Hazte un copy+paste del articulo de la constitución, ya que si fuese anticonstitucional no creo que hubiese abogados metidos contra el canon... aunque nunca se sabe
    --
    Si un árbol cae en mitad del bosque... quedará registrado en el log del sistema??
    [ Padre ]
  • Re:No teneis razon

    (Puntos:4, Inspirado)
    por Nicneretu (18085) el Martes, 27 Junio de 2006, 09:18h (#767791)
    ( Última bitácora: Martes, 10 Enero de 2006, 07:31h )
    Vaya, pues has acertado de pleno, lo que se pretende es que un juez lo mande al constitucional para ver si es o no constitucional.
    [ Padre ]
  • por hcf (20475) el Martes, 27 Junio de 2006, 09:38h (#767824)
    Ya sé que no hay que alimentar a los trolls, pero es que... encima el tío lo pone con MAYÚSCULAS, como para dar más peso a lo que está diciendo!!! LOOOOOOL!!! XDDDD ¿Cómo se llama eso? ¿Falacia AD MAIUSCULAM? ;-)

    En fin, chavalín, la constitución española es del año 1978. Ni había canon, ni había DVDs, ni había CDs, ni había vídeos... y en mi casa no había ni tele en color. A ver si trolleamos con un poco más de conocimiento...
    [ Padre ]
  • Re:No teneis razon

    (Puntos:4, Divertido)
    por kaleth (20483) el Martes, 27 Junio de 2006, 09:45h (#767833)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Viernes, 02 Mayo de 2008, 01:52h )
    Pero Ramoncín, qué sabrás tú de la Consti si el año en que se aprobó el único papel que pasaba por tus manos era el de liarte los canutos. ¡Trolero!
    --
    I love the smell of burnt karma in the morning
    [ Padre ]
  • Constitución 0.1

    (Puntos:1)
    por zenislev_v (22216) el Martes, 27 Junio de 2006, 09:45h (#767834)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Miércoles, 20 Septiembre de 2006, 10:49h )

    Articulo 1):

    1)Los Cedeles tiene que pagar canon compensatorio a la SGAE y solo a la SGAE sociedad franquista por escelencia para proteger a los pobres autores y editores de materiales audiovisuales para que se financien la droga y las putas (porque ellos tambien tiene derecho a follar).

    2) Aunque te vayas a grabar el polvo que echaste con tu novia la semana pasada tienes que pagar el canon porque la SGAE somos todos. Pero solo algunos cobramos, digo, cobran.

    3) Vuestro primogenito será cedido a la SGAE a perpetuidad así como la Prima Nocte de vuestras mujeres e hijas (y en especial para Teddy y Ramoncín tb vuestros hijos).

    Articulo 2: El resto de derechos y deberes de los ciudadanos se dejan al libre albedrío de cada uno.

    Esta versión no gustó y se sacó la que tenemos ahora. La Costitu 0.9.

    --

    Si compartir cultura es de piratas, pues...

    [ Padre ]
  • Re:No teneis razon

    (Puntos:1, Informativo)
    por pobrecito hablador el Martes, 27 Junio de 2006, 09:47h (#767836)
    Que poca clase y categoría.
    Una buena provocación nunca llevaría ese "chorizos" final. Aún así veo que te muerden el anzuelo y pican todos, pero bueno, no se le puede pedir peras al olmo.
    [ Padre ]
  • Re:Puente aéreo

    (Puntos:1)
    por Gu (24510) <plan9fromouterspace@example.com> el Martes, 27 Junio de 2006, 10:37h (#767867)
    ( http://lared.dsland.org/ | Última bitácora: Martes, 26 Febrero de 2008, 10:50h )
    [...]tan sólo tiene que acudir a los juzgados de lo mercantil[...] y el resto lo cambias por la dirección de tu localidad
    --
    Si un árbol cae en mitad del bosque... quedará registrado en el log del sistema??
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  • Desde el significado que das de demandar por el DRAE también se puede entender que demandaremos el canon de los CDs/DVDs que compremos, es decir, que nos devuelvan el dinero que hemos pagado por ese impuesto.
    --

    --
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  • Re:No teneis razon

    (Puntos:2, Interesante)
    por AnyKiller (19660) el Martes, 27 Junio de 2006, 12:28h (#767946)
    ( http://www.portalempanao.es/ )
    No inventes, en la constitución n ose refleja nada al respecto. Es más, te cito ahora un artículo que aboga lo contrario: Artículo 44.1: Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho Espero que quede claro, podéis consultar la Cosntitución Española para comprobar que es verdad, y que deben ser los poderes públicos y no entidades privadas ansiosas de llenarse los bolsillos los que deben tutelar el acceso a la cultura... esto conlleva a que la SGAE actúa de forma inconstitucional, tanto al querer restringir unilateralmente el acceso a la cultura como al querer tutelarlo para sus intereses lcurativos. Ahí queda dicho. Un saludo
    --

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  • pues tienes razón, gracias por el apunte.
    --

    --
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  • Re:Corrección.

    (Puntos:1)
    por makross (306) <makross@ADIVINAteleline.es> el Martes, 27 Junio de 2006, 17:14h (#768165)
    ( http://spain.cpsr.org/ | Última bitácora: Jueves, 17 Febrero de 2005, 13:04h )
    reconozco que esta me ha dejado sin habla, me voy a refugiar a mi fría cueva :).
    --

    --
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  • Re:Puente aéreo

    (Puntos:1)
    por Defero (14845) el Martes, 27 Junio de 2006, 17:41h (#768178)
    ( http://www.obiterdicta.net/ | Última bitácora: Viernes, 15 Agosto de 2008, 11:33h )
    ¿No se puede denunciar en todos y cada unos de los juzgados de guardia que hay en España?

    No vayas al Juzgado de Guardia con esto, que a lo mejor la lías.

    --
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  • Re:Corrección.

    (Puntos:1)
    por Defero (14845) el Martes, 27 Junio de 2006, 17:55h (#768188)
    ( http://www.obiterdicta.net/ | Última bitácora: Viernes, 15 Agosto de 2008, 11:33h )
    periodos de tiempo ya finalizados

    Pues da la casualidad de que el verbo "ha cambiado" corresponde al pretérito perfecto compuesto. Pretérito porque pertenece al pasado, perfecto porque "ya ha pasado" (no sé explicarlo mejor, lo siento), y compuesto porque está formado por dos verbos (verbo "haber" y verbo "cambiar").

    Y según dónde, decirse sí que se dice "he comido ayer", de la misma manera que se dice "ahorita mismo terminé". Será todo lo feo que quieras, pero yo no lo consideraría incorrecto (independientemente de lo que diga la RAE, que lo desconozco).

    --
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  • por MaGaO (6286) <{magao} {at} {bigfoot.com}> el Martes, 27 Junio de 2006, 18:38h (#768214)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Lunes, 23 Junio de 2008, 16:30h )
    Mmm... no tengo a mano el Panhispánico (aún no estoy en casa), pero... ¿se deberá decir "ya comí" aunque haya terminado de comer a las 13:50 y sean las 14:10? Porque el periodo de tiempo, en minutos o en horas, ya ha finalizado.

    Date cuenta de que uno es pretérito perfecto simple y el otro pretérito perfecto compuesto (o, al menos, así me los explicaron a mí en clase). Esto es, ambos son formas de pretérito perfecto (pasado ya acabado, por así decir). Como tales, son intercambiables. Personalmente, uso la forma simple para indicar una mayor lejanía dentro del contexto en que se habla, pero no recuerdo haber leído nada que indique que una tenga prioridad sobre la otra.

    --
    Marcos (cualquier parecido con la coincidencia es pura realidad)
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