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Nueva sentencia CC en Oviedo: no se paga a la SGAE desde que se pone música no privativa
jdelacueva nos cuenta: «Suma y sigue: nueva sentencia firme en Oviedo en la que se resuelve que si se comunica en un bar música Creative Commons bajada de Internet, no hay que pagar a la SGAE. La nueva sentencia, ya la quinta que se gana, nos aporta más elementos para que la hostelería deje de emitir música privativa: si un establecimiento tiene un contrato con la SGAE, puede resolverlo y a partir de entonces no tendrá que pagar. Por otra parte, lo importante de este caso, llevado por el abogado Juan Carlos Menéndez Menéndez, es que demuestra que la cultura libre se va extendiendo y es utilizada y defendida por personas ajenas al núcleo del movimiento copyleft.»
Sigue Javier en la página ampliada.
«Como anécdota, hay que mencionar que el letrado de la SGAE alegó que bajar música CC de Internet es ilícito, lo que ni siquiera se valora por el Juez pues lo relevante es si los autores son socios de la SGAE. Cuando demostremos que hay más autores que quieren usar Internet como vehículo de difusión frente a los que no, ¿dónde quedará la justificación de la gestión colectiva? ¿dónde quedarán las amenazas de miles de demandas contra los internautas por bajar música? ¿dónde quedará la demonización del P2P? La sociedad civil va imponiendo sus necesidades y el camino ya está abierto; ahora sólo falta generalizarlo.»
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Javibollo nos cuenta: «Nueva sentencia que exime a los bares que emiten música bajo licencia Creative Commons de pasar por el aro de la SGAE. Según el juez, "el demandado prueba que hace uso de música cuyo uso es cedido por sus autores a través de dichas licencias Creative Commons".»
La sentencia (que no es la segunda, como afirma el diario, sino que hay varios precedentes más) es del juzgado número 8 de León y el abogado que ha defendido al bar demandado es José Manuel de la Fuente.
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skeksi nos cuenta: «Quinta resolución favorable a licencias no restrictivas y primera vez que una Audiencia Provincial ratifica que las licencias Creative Commons no pagan a la SGAE por poner música en un local abierto al público. Del artículo: "La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia anterior de un juzgado de lo mercantil que ya dio la razón a Buena Vista Club Social al considerar que la asociación descargaba de Internet canciones de autores que no tienen cedidos los derechos de explotación a la SGAE".»
El análisis de Javier de la Cueva y el contenido de la sentencia.
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Augusto Ada nos cuenta: «David Maeztu analiza en su blog una sentencia belga donde se trataba una demanda por uso indebido de canciones bajo una licencia Creative Commons con elemento "No-Comercial", de lejos la más utilizada en la creación musical.»
El juez ha sentenciado que los infractores deben pagar las costas del proceso y además 4.500 euros de indemnización por el uso de las canciones del demandante en un anuncio de un festival de Teatro. Dice Maeztu que «en la sentencia se afirma la validez de las licencias Creative Commons está noblamente reconocida por los tribunales holandeses, españoles y americanos».
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Que sea CC es anecdótico
(Puntos:3, Interesante)Nuevamente, que sea música CC no es más que un dato anecdótico. Basta con que se trate de música de autores no afiliados a la SGAE, por ultra-restrictiva que sea su política de licenciamiento.
Por otra parte, ¿cuántos de estos bares realmente nunca pinchan música de afiliados de la SGAE? Una cosa es que no se haya demostrado, y otra cosa es que no ocurra.
Y en todo caso, ¿cuántos bares pueden vivir sin poner la música de los afiliados de la SGAE? Apuesto a que la inmensa mayoría preferirán pagar antes que tener que renunciar al 99% de su discografía. Pinchan "Fiesta Pagana" en el bar, y todo el mundo corea la letra. Tocan "Whiskey in the jar" en el escenario, y se me erizan los pelos de la espalda. ¿Puede a día de hoy conseguir algo así una canción CC? Creo que las cosas seguirán igual durante bastante tiempo.
Siento ser tan pesimista, pero no veo que el panorama musical y cultural vaya a cambiar en el medio plazo. No parece que haya muchos grupos "profesionales" (quizás debería decir "mediáticos") dispuestos a distribuir su música bajo CC-by-nd-nc (mucho menos CC-by-sa), y esos grupos "profesionales" son los que demanda la gente.
¿Llegará la gente a demandar música "no profesional" (es decir, "no mediática")? Mi pronóstico es que NO. Por muy buena que sea una canción, lo "importante" no es su calidad, lo importante es que te resulte familiar. Entrar a un bar y que suene una canción cuya letra puedas corear, o cuyos cambios de ritmo te sean familiares para poder decidir cómo moverte. Eso es lo que busca la gente un fin de semana. Y eso es lo que da la música "profesional" (o sea, "mediática") de la SGAE.
pero ¿han pagado a los cantantes CC?
(Puntos:3, Inspirado)Deberían aprender de los profesionales
(Puntos:1)Si la SGAE tuviera un poco de visión (no mucha) dejaría que se bajaran la música de forma privada y que se usara en bares y discotecas para cobrarlas bien en las emisoras de radio y televisión.
Pero me alegro de que no lo hagan porque se están suicidando lentamente.
Gracias a ellos en unos años casi toda la música será CC.
Re:Que bueno lo de musica privativa
(Puntos:4, Informativo)( http://www.derecho-internet.org )
El término privativo tiene una larguísima tradición histórica. El DRAE lo define como:
1. adj. Que causa privación o la significa.
2. adj. Propio y peculiar singularmente de alguien o algo, y no de otros.
Concretamente en el Código civil actual los bienes de un matrimonio en régimen de gananciales pueden ser privativos (de uno sólo de los cónyuges) o gananciales (de la sociedad conyugal). Te podría poner muchos más ejemplos y en ninguno de ellos Stallman tiene nada que ver. Es más, Stallman ni siquiera había nacido cuando el término ya se usaba de una manera habitual en la diferenciación de los derechos.
Así que más vale que nos acostumbremos a verlo utilizado de esa manera, pues es la manera correcta en este tipo de supuestos.