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Nueva licencia Creative Commons 0
asurancetorix nos cuenta: «Creative Commons ha presentado un nuevo tipo de licencia que no impone ninguna restricción de ningún tipo: Creative Commons 0 (cero).
Esencialmente, CC0 permite poner un trabajo en el dominio público, de tal forma que ni quien lo haya creado ni nadie que lo use tendrá los derechos del mismo, que seguirá siendo de dominio público: "La persona que asoció un trabajo a este documento ha dedicado su trabajo a los Commons renunciando a todos sus derechos sobre el trabajo bajo la ley de copyright y todos los derechos legales relacionados, en la medida permitida por la ley".
¿Por qué es necesaria una licencia así? Si alguien crea un documento o medio sobre el cuál no quiere disponer de ningún derecho, ni autoría ni similares, lo que se suele llamar un archivo completamente público, dicha licencia podrá cubrir el hueco. Más información en el FAQ de CC0.»
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ciberderechos: Publicada la versión 3.0 de las licencias Creative Commons 9 comentarios
Este viernes pasado se han publicado las licencias Creative Commons en su versión 3.0. Se trata de una actualización que viene a corregir muchos de las pegas que se les ponían a las licencias, tanto desde dentro de la organización como desde fuera. Se ha establecido una estructura de compatibilidad con otras licencias, se han aclarado los límites de la cláusula de autoría, y se ha aclarado algún malentendido con Debian y con el MIT. También se aclaran aspectos relacionados con los derechos morales y las sociedades de gestión. Pero vayamos por partes. El primer y gran cambio es que la licencia genérica no será la estadounidense. Ahora existe una versión "sin portar", basada en la terminología de la Convención de Berna, de la cual saldrán todas las licencias nacionales, incluida la de Estados Unidos. Más en el texto ampliado de la noticia.
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ciberderechos: Publicadas las licencias Creative Commons España 3.0 15 comentarios
Un pobrecito hablador nos cuenta: «Según se puede leer en el blog de Creative Commons España ya están disponibles las licencias 3.0 para la jurisdicción española, por lo que toca actualizar los enlaces de los sitios (entre ellos el de Barrapunto) que apunta a la versión 2.5.
Ya se han publicado análisis de los cambios». En dicho análisis se comenta: «Uno de los aspectos más interesantes, dentro del apartado de definiciones, es la profunda revisión de la titularidad de los derechos sobre la obra, que incluye los aspectos en los que uno debe fijarse para entender cuando y cuales son nuestros derechos sobre una creación a la que se aplica la licencia. Esto sin duda redunda en una mayor seguridad jurídica para el usuario de la licencia, que dispone de una definción clara de cual es su posición respecto de los derechos sobre la obra».
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Todo era de dominio público...
(Puntos:1)( Última bitácora: Lunes, 06 Diciembre de 2010, 15:13h )
Cuando por ejemplo, M$ patenta un "invento", nunca dicen "Los copiamos de Internet", simplemente se lo atribuyen.
Si fuéramos iguales, sería aburrido.
En España no se puede
(Puntos:3, Divertido)( Última bitácora: Martes, 26 Julio de 2005, 18:56h )
Lo cual en cierto modo es lógico. Si se pudiera renunciar a ese derecho yo podría poner este post en CC 0 y decir que todo el que lo lea es gilipollas.
Como legalmente no es de mi autoría, nadie podría llevarme a juicio, legalmente no soy el autor y no hay nada que reclamarme.
Re:En España no se puede
(Puntos:4, Divertido)( Última bitácora: Lunes, 06 Diciembre de 2010, 15:13h )
Es como el troll de la mila--nesa: todos compartimos sus obras, y modificaciones sin problema.
Si fuéramos iguales, sería aburrido.
Una duda
(Puntos:2)( http://guslibu.awardspace.com/ | Última bitácora: Jueves, 08 Julio de 2010, 08:35h )
Nunca entendí estas licencias, entre lo legal y lo filosófico. Son muy poco usables.
Re:Una duda
(Puntos:4, Divertido)( http://www.manje.net/ | Última bitácora: Viernes, 08 Octubre de 2010, 10:46h )
Bien!
(Puntos:1)( http://www.argentinawarez.com/ | Última bitácora: Jueves, 15 Enero de 2009, 03:26h )