Ojín: que el sábado es día hábil SIEMPRE, independientemente de si están abiertos o no los registros. Bueno, siempre y cuando no sea festivo por otra causa (un 25 de diciembre que caiga en sábado, por ejemplo).
Yo hablo de días naturales no de días hábiles.
De todas formas, se está hablando de que si un día no puedes mirar la nota porque está saturada la red, siempre podrás verlo al día siguiente, no dentro de 4 días.
O no, o puede que el plazo sea importante porque al día siguiente te marchas al extranjero, los plazos son los plazos y la administración más que nadie debe cumplirlos para no causar indefensión o molestias al ciudadano.
Ojo: en algunas convocatorias sí que lo pone explícitamente, y cada vez son más las que dicen claramente que "los resultados podrán verse en la dirección bla, bla, bla", pero si en vuestra convocatoria no lo dice, ya pueden no funcionar que no hay ninguna obligación de ponerlo.
Sí que lo pone y además la ley 30/1992 claramente expresa que cuando la notificación sea a una colectividad más o menos extensa se deben emplear medios para llegar a toda ella, y es que estoy seguro de que había muchos opositores de fuera de Andalucía.
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FDO. ER_MELENAS
No te preguntes sólo qué puede hacer el S.L. por ti, sino también qué puedes hacer tú por él
Re:Tampoco
(Puntos:2)( http://www.kdehispano.org/ | Última bitácora: Viernes, 16 Septiembre de 2011, 21:31h )
Ojín: que el sábado es día hábil SIEMPRE, independientemente de si están abiertos o no los registros. Bueno, siempre y cuando no sea festivo por otra causa (un 25 de diciembre que caiga en sábado, por ejemplo).
Yo hablo de días naturales no de días hábiles.
De todas formas, se está hablando de que si un día no puedes mirar la nota porque está saturada la red, siempre podrás verlo al día siguiente, no dentro de 4 días.
O no, o puede que el plazo sea importante porque al día siguiente te marchas al extranjero, los plazos son los plazos y la administración más que nadie debe cumplirlos para no causar indefensión o molestias al ciudadano.
Ojo: en algunas convocatorias sí que lo pone explícitamente, y cada vez son más las que dicen claramente que "los resultados podrán verse en la dirección bla, bla, bla", pero si en vuestra convocatoria no lo dice, ya pueden no funcionar que no hay ninguna obligación de ponerlo.
Sí que lo pone y además la ley 30/1992 claramente expresa que cuando la notificación sea a una colectividad más o menos extensa se deben emplear medios para llegar a toda ella, y es que estoy seguro de que había muchos opositores de fuera de Andalucía.
FDO. ER_MELENAS
No te preguntes sólo qué puede hacer el S.L. por ti, sino también qué puedes hacer tú por él