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  • por pobrecito hablador el Domingo, 17 Noviembre de 2002, 20:54h (#147880)
    No, creo que te estas equivocando mucho. La ley de propiedad intelectual, se divide en dos partes, los derechos personales y los patrimoniales, a los primeros no se pueden renunciar porque por eso son personales. Son por ejemplo el ser autor, tu no puedes renunciar a ser autor, porque es imposible y además es una tontería. A que se reconozca tu autoría, tu no puedes renunciar (como mucho puedes no ejercer ese derecho, cosa que es muy distinta)... La parte patrimonal, es la que se puede renunciar, si no pones en una otra que tiene copyright (o sea, pones la licencia de uso), entonces es libre, tu eres el autor, pero has decidido que no quieres cobrar por ello. Esa es la distinción. Y por favor, este escrito es gratis, porque me dedico a esto y si quieres más con mucho gusto, te asesoro jurídica y fiscalmente (aunque eso será pagando por tu parte). Gracias.