La misma precaución debemos tener cuando leemos artículos periodísticos referentes a sentencias que cuando leemos artículos periodísticos sobre informática o internet.
Hasta no leer la sentencia, no debemos opinar, pero si se ha probado que el acusado copió "una base de datos con información sobre cuentas de acceso a Internet y correo electrónico de numerosos clientes", entonces se está cumpliendo el tipo penal y no debemos llevarnos las manos a la cabeza (el tipo penal es la definición que la ley penal hace de un comportamiento).
Si, por el contrario, la sentencia se fundamenta en copiar un programa con licencia libre, deberemos pegar un nuevo tirón de orejas a la Justicia española, que es analfabeta en estos temas, salvo rarísimas y honrosas excepciones.
Cuidado...
(Puntos:3, Informativo)( http://derecho-internet.org/ )
Hasta no leer la sentencia, no debemos opinar, pero si se ha probado que el acusado copió "una base de datos con información sobre cuentas de acceso a Internet y correo electrónico de numerosos clientes", entonces se está cumpliendo el tipo penal y no debemos llevarnos las manos a la cabeza (el tipo penal es la definición que la ley penal hace de un comportamiento).
Si, por el contrario, la sentencia se fundamenta en copiar un programa con licencia libre, deberemos pegar un nuevo tirón de orejas a la Justicia española, que es analfabeta en estos temas, salvo rarísimas y honrosas excepciones.