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  • por krollspell (7354) el Jueves, 07 Agosto de 2003, 14:57h (#203567)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Domingo, 19 Junio de 2005, 11:05h )
    Supongamos que yo sólo compro CDR para grabar la discografía completa de Teddy Bautista, Victor Manuel y el amigo Ramoncín. Ilegal y "pirateada", por supuesto, supongamos que yo nunca compro discos originales. Además, de vez en cuando me hago una docenita de copias de Windows ME, que me va la marcha. Lo que yo hago es delito claro. Sin embargo, la SGAE va y me cobra un dinero por mi actividad delictiva, saca un beneficio. ¡Son mis cómplices!

    Lo que quiero decir es que un canon no se puede cobrar sobre una actividad delictiva, sólo por la copia privada, que es legal. Lo sangrante es que muy pocos, de verdad muy pocos CDR y CDRW se utilizan para copia privada. Pero la SGAE ya se ha encargado de mezclar los dos conceptos, y venden el canon como una especie de compensación por las copias ilegales.
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    a3
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