Sí, sí tenéis razón. Pero la cuestión no es si es difícil que el que vende al consumidor pueda o no saber el porcentaje repercutido en virtud de canón. La cuestión es que la ley manda [bufetalmeida.com] (art. 25.16.) que se haga ese desglose en la factura. Luego el minorista (¿se puede llamar minorista a un Alcampo o a un Carrefour?) tiene que enterarse de esa cifra y reflejarla en la factura. Que se apañe como quiera.
Si el canon de la SGAE lo equiparamos a un tributo público (lo cual no se si es correcto) como ocurre con los cánones del agua, en este caso no se podría aplicar I.V.A. sobre el importe del canon, y en consecuencia se debería detallar a parte de la base imponible.
Por tanto o la SGAE es un organismo público y en consecuencia no nos cobran el I.V.A del canon. O los fabricantes se están doblegando a una agrupación profesional que no tiene ninguna autoridad sobre éllos.
Re:Sobre la factura y la devolución
(Puntos:3, Informativo)( Última bitácora: Miércoles, 04 Julio de 2007, 11:45h )
Re:Sobre la factura y la devolución
(Puntos:1)Si el canon de la SGAE lo equiparamos a un tributo público (lo cual no se si es correcto) como ocurre con los cánones del agua, en este caso no se podría aplicar I.V.A. sobre el importe del canon, y en consecuencia se debería detallar a parte de la base imponible.
Por tanto o la SGAE es un organismo público y en consecuencia no nos cobran el I.V.A del canon. O los fabricantes se están doblegando a una agrupación profesional que no tiene ninguna autoridad sobre éllos.
Alguien tiene más información al respecto?