En el web de la asociación de internautas se menciona varias veces el "apartado 3 del artículo 25 del Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual". Pues bien, dice así:
Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a los programas de ordenador.
La ley
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ )
Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a los programas de ordenador.
Y aquí tenemos un pdf con esta ley [www.mcu.es].
VBiR
Reginaldo, vuelve! Necesitamos un troll de categoría!