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  • Re:Preguntas que me surgen...

    (Puntos:3, Interesante)
    por pobrecito hablador el Martes, 02 Septiembre de 2003, 20:33h (#212585)
    En la noticia de la AI esta clarito:

    Según el acuerdo Asimelec-SGAE

    6.3. Procedimiento
    Todos los productos arriba mencionados comercializados (facturados o entregados) en España a partir del 1 de Septiembre, deberán incorporar el Canon en Factura en una línea separada y detallada. Si no se detalla, se entiende que no se está procediendo al cobro (y pago) del Canon, transmitiendo la responsabilidad al cliente. Nota: en aquellas empresas importadoras/fabricantes, cuyo software no permite la inclusión del canon en una línea aparte, se puede facturar como si fuera un producto más (Canon por Ley de Prop. Intelectual).

    El Canon por Copia privada, está sujeto a IVA.

    El primer responsable es el importador/fabricante en el territorio nacional que lo cobra a su cliente y éste al suyo y así sucesivamente hasta el usuario final, que es definitiva, quien acaba pagando el Canon.
    Es decir, es un canon, que se han sacado de lamanga (es un contrato privado para alterar el preciode las cosas) y que si tiene IVA (solo los impuestos no llevan iva)
    [ Padre ]