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  • por dimethil (8402) <dimethilªyahoo.es> el Jueves, 11 Septiembre de 2003, 13:30h (#216082)
    ( http://barrapunto.com/ )
    El segundo argumento introducido en el articulo del Concejal de Zaragoza, me parece que merece una lectura mas detallada, porque no tiene en cuenta un posible "agujero" en la Directiva de Patentes que sea imposible de tapar y que sea usado por los desarrolladores de soft libre para evitar consecuencias si son demandados por infraccion de patentes de software.
    Quiero decir que si absurdo es intentar aplicar el principio de patentabilidad a los programas de ordenador tambien seria absurdo aplicar el principio de experimentacion o uso domestico de las patentes si estas son programas de ordenador.
    Me explico,el articulo 54 de la actual Ley de Patentes vigente en España, dice que "no implicara explotacion ni atentara contra el derecho de exclusiva la utilizacion de la invencion por terceros no autorizados con fines de experimentacion cientifica o de usos domesticos".
    Aunque introdujesen las patentes de software, que espero no ocurra nunca, aun se podria argumentar estas dos excepciones para poder seguir desarrollando y usando soft libre por muy "patentado" que estuviese.
    --

    El Vacio es Todo.

  • por pobrecito hablador el Jueves, 11 Septiembre de 2003, 18:06h (#216157)
    Pero entonces una empresa no podría usar soft libre, ni desarrollarlo.
    [ Padre ]