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  • por turbidostato (6622) el Miércoles, 28 Abril de 2004, 00:01h (#292873)
    ( http://barrapunto.com/ )
    "Nunca tendrás derecho a la copia si esta es realizada sobre otra copia.
    El canon se cobra por copia de seguridad privada"

    Luego es claro que el único elemento inexcusable e inequívocamente señalable a la hora de hablar de copia privada (y del canon al que presuntamente tienen derecho) es el *original* a partir del que se ejerce tal derecho.

    Sin embargo, cosas veredes, amigo Sancho, a ninguno de ellos se les ocurre cargar el dichoso canon *sobre los originales*.
    [ Padre ]