Hay muchas razones. La más importante --y esa afecta a cualquier país-- es que "propiedad intelectual" es un oxímoron [buscon.rae.es]: "propiedad" e "intelectual" son términos mutuamente excluyentes. Al menos de acuerdo a cómo definen propiedad los economistas ("bien antagónico y excluible"). En la propiedad convencional, "bien antagónico" consiste en que si yo tengo un coche tú no puedes tenerlo a la vez si te lo robo; "bien excluible": si yo cierro el coche, tú no entras. Por el contrario, las producciones del intelecto en cambio no son antagónicos (se pueden hacer copias exactas) ni excluibles (libertad para expresar las ideas).
Te remito a la ponencia de Jorge Cortell [mac.com] al respecto, aunque hay muchos más que argumentan de un modo u otro pero en este mismo sentido: que los frutos del intelecto son de naturaleza totalmente distinta de los bienes físicos y por tanto no son apropiables ni legislables con las mismas leyes que regulan la propiedad material (de hecho, la LPI española reconoce cierta especificidad al reconocer "derechos morales", que no existen sobre los coches ni sobre las motoras de fibra de vidrio.
En resumen, o la propiedad intelectual es como el resto de propiedades (y entonces no hay razón para cánones, royalties ni todos el resto de privilegios que no tienen el resto de propiedades no intelectuales) o no lo es, y entonces debe legislarse de acuerdo a su naturaleza específica y a las nuevas posibilidades que ofrece la digitalización (copia casi sin costo y sin pérdida del original, etc.).
El resto de motivos, los tienes en el enlace a la paina GNU: es impreciso, ambiguo y lleva a confusiones interesadas. Aquí y en USA.
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"Porque las opiniones cambian, el relativista cree que cambian las verdades." --Gómez Dávila
Muchísimas gracias a ambos por las aclaraciones. Está bien saber que en páginas como GNU hay información sobre esta clase de cosas, pero vuestras explicaciones me han sido más útiles, la verdad. 0:-)
Cuando digo que es sólo retórica efectista, me refiero a que todo el mundo sabe que la propiedad intelectual es diferente de la material, para eso no hace falta tanta historia. Se trata simplemente de una ampliación del significado por metáfora, por eso es literalmente incoherente,(¿o es que esta red sirve para atrapar algún atún?). Le damos el sentido de "cosa" para entenderlo más claro."o no lo es, y entonces debe legislarse de acuerdo a su naturaleza específica" ¡Menudo notición! ¿Pero no iba el debate precisamente sobre la LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL? Además hay múltiples casos. Por ejemplo, las marcas han de legislarse de forma muy parecida a los bienes materiales: es mía y sólo será tuya si te la vendo.
Re:Propiedad intelectual
(Puntos:4, Informativo)( http://barrapunto.com/~Yonderboy/bitacora | Última bitácora: Martes, 03 Junio de 2008, 20:02h )
Te remito a la ponencia de Jorge Cortell [mac.com] al respecto, aunque hay muchos más que argumentan de un modo u otro pero en este mismo sentido: que los frutos del intelecto son de naturaleza totalmente distinta de los bienes físicos y por tanto no son apropiables ni legislables con las mismas leyes que regulan la propiedad material (de hecho, la LPI española reconoce cierta especificidad al reconocer "derechos morales", que no existen sobre los coches ni sobre las motoras de fibra de vidrio.
En resumen, o la propiedad intelectual es como el resto de propiedades (y entonces no hay razón para cánones, royalties ni todos el resto de privilegios que no tienen el resto de propiedades no intelectuales) o no lo es, y entonces debe legislarse de acuerdo a su naturaleza específica y a las nuevas posibilidades que ofrece la digitalización (copia casi sin costo y sin pérdida del original, etc.).
El resto de motivos, los tienes en el enlace a la paina GNU: es impreciso, ambiguo y lleva a confusiones interesadas. Aquí y en USA.
"Porque las opiniones cambian, el relativista cree que cambian las verdades." --Gómez Dávila
Re:Propiedad intelectual
(Puntos:2)( http://www.badopi.org/ | Última bitácora: Martes, 18 Septiembre de 2012, 18:45h )
Muchísimas gracias a ambos por las aclaraciones. Está bien saber que en páginas como GNU hay información sobre esta clase de cosas, pero vuestras explicaciones me han sido más útiles, la verdad. 0:-)
Escribiendo de demasiadas cosas [barnacity.net] desde 2003.
Re:Propiedad intelectual
(Puntos:2)( http://librexpresion.org/ | Última bitácora: Martes, 17 Marzo de 2009, 08:40h )
si yo tengo un coche tú no puedes tenerlo a la vez si te lo robo
Me siento generoso. Puedes robarme tú coche cuando quieras. ;-)
libreXpresion.org [librexpresion.org]
Re:Propiedad intelectual
(Puntos:1)