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  • por pobrecito hablador el Jueves, 29 Julio de 2004, 20:02h (#331075)
    No es un soporte de fonogramas (fijación EXCLUSIVAMENTE sonora)

    LPI Artículo 114. Definiciones.
    1. Se entiende por fonograma toda fijación EXCLUSIVAMENTE sonora de la ejecución de una obra o de otros sonidos.

    Incumple la LPI Art.25.1 (no es ninguna de las 3 modalidades con canon), 25.2. "Esa" remuneración se determinará PARA CADA MODALIDAD, Art.25.3, etc.

    LPI 25.23. El Gobierno establecerá ... los equipos, aparatos y materiales exceptuados del pago de la remuneración, atendiendo a la peculiaridad del uso o explotación a que se destinen, así como a las exigencias que puedan derivarse de la evolución tecnológica y del correspondiente sector del mercado...

    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Viernes, 06 Agosto de 2004, 07:52h (#334084)
    LPI 25.23. El Gobierno establecerá ... los equipos, aparatos y materiales exceptuados del pago de la remuneración

    Increible aún en el hipotético caso de que el "CD de datos" fuese un soporte de fonogramas (=fijación exclusivamente sonora). Sin serlo ...

    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Viernes, 06 Agosto de 2004, 08:09h (#334091)
    LPI 25.23. El Gobierno establecerá ... los equipos, aparatos y materiales exceptuados del pago de la remuneración

    Increible aún en el hipotético caso de que el "CD de datos" fuese un soporte de fonogramas (=fijación exclusivamente sonora), sin serlo... ...

    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Viernes, 13 Agosto de 2004, 11:26h (#337389)
    Si el CD de datos no ES un soporte de fonogramas (fijación exclusivamente sonora, art.114.1) entonces el canon es ¡ILEGAL según la actual LPI! (se aplica para una modalidad que no corresponde)

    No puede ser que cumpla ser "idóneo" (¿para una fijación exclisivamente sonora?) por encima y en perjuicio de otras modalidades legítimas incumpliendo la LPI: Art.25, Art.40bis,...)

    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Lunes, 13 Septiembre de 2004, 05:08h (#353478)
    Si no son un soporte de fonogramas (fijación exclusivamente sonora según la LPI): ¡el canon es ilegal!, ¡viola el Art.25.1 de la LPI! por no ser una de las modalidades sujetas a canon, se basan en la piratería lo cual es ilegal, perjudican a autores legítimos de otras modalidades y distribución de sus obras, etc.

    Art.25.1. La reproduccion realizada exclusivamente para uso privado, conforme a lo autorizado en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley, mediante aparatos o instrumentos técnicos NO TIPOGRAFICOS, de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única por cada una de las TRES MODALIDADES DE REPRODUCCION MENCIONADAS...

    • Nota: el CD no sólo es idóneo, es un soporte de datos y programas de ordenador excluidos de canon por la LPI, también entre otros muchos usos está la tipografía (CDs dedicados a tipografías, gran variedad de tipografías en entornos gráficos, autoedición, tratamientos de texto,...)etc., etc., etc.
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