por
pobrecito hablador
el Viernes, 06 Agosto de 2004, 16:19h
(#334282)
Si pero los delitos se juzgan y no se valora la intencionalidad porque es invalorable, se valoras los hechos que constituyen el delito, ¿es delito o no?.
No me digan que solo fué por curiosidad, si tienes un ladrillo y lo dejas caer desde un noveno piso hacia la calle solo por curiosidad y este mata a un transeunte, ¿no es un asesinato?. Le pueden llamar como juridicamente como quieran, pero al final el tipo está muerto y el culpable fué quien soltó el ladrillo.
Lástima que ya no existe el garrote, aunque podrían aplicarselo solo por "curiosidad" nada mas para ver cuantas vueltas aguanta.
Perdón por ser extremista, pero verdaderaente me molesta la gente que utiliza el conocimiento en perjuicio de sus semejantes, tergiversa el sentido de conocimiento global, que les parecería que el arquitecto que construyó su casa la hubiera hecho deliberadamente mal y solo por "curiosidad" le hubiera disminuido el diametro de las varillas de refuerzo o reducido la resistencia del concreto, o si es de madera, no la hubiera protegido contra termitas, nada mas para probar cuanto tiempo duraba.
Sí, es delito. Me remito al artículo 264 del código penal:
1. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que causare daños expresados en el artículo anterior, si concurriera alguno de los supuestos siguientes:
[...] (Irrelevante)
2. La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice, o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos
Al efectuar un ataque D.O.S. estás causando un "daño" a una empresa que ofrece un servicio a través de internet, alterando o destruyendo el funcionamiento normal de un programa (léase servidor web o análogos), por lo que, efectivamente, es delito.
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No basta con ser bueno... hay que ser el mejor.
Re:Un, DoS, tres...
(Puntos:0)Re:Un, DoS, tres...
(Puntos:3, Interesante)Lástima que ya no existe el garrote, aunque podrían aplicarselo solo por "curiosidad" nada mas para ver cuantas vueltas aguanta.
Perdón por ser extremista, pero verdaderaente me molesta la gente que utiliza el conocimiento en perjuicio de sus semejantes, tergiversa el sentido de conocimiento global, que les parecería que el arquitecto que construyó su casa la hubiera hecho deliberadamente mal y solo por "curiosidad" le hubiera disminuido el diametro de las varillas de refuerzo o reducido la resistencia del concreto, o si es de madera, no la hubiera protegido contra termitas, nada mas para probar cuanto tiempo duraba.
Ese tipo de acciones me dan asco.
Re:Un, DoS, tres...
(Puntos:2, Informativo)( http://www.linuxzamora.org/ | Última bitácora: Lunes, 15 Septiembre de 2003, 21:20h )
1. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que causare daños expresados en el artículo anterior, si concurriera alguno de los supuestos siguientes:
[...] (Irrelevante)
2. La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice, o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos
Al efectuar un ataque D.O.S. estás causando un "daño" a una empresa que ofrece un servicio a través de internet, alterando o destruyendo el funcionamiento normal de un programa (léase servidor web o análogos), por lo que, efectivamente, es delito.
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No basta con ser bueno... hay que ser el mejor.