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  • por BitBoy (14479) el Viernes, 10 Septiembre de 2004, 13:13h (#352103)
    ( http://www.openbsd.org/faq/pf/ )
    Bueno, yo no he leído ninguna ley sobre propiedad intelectual, pero vamos, creo que con el canon ya pagas por el hecho de copiarte un disco que se haya comprado tu vecino, por ejemplo, y que te lo deja a ti...

    ¿Acaso esto no es lo que hemos hecho toda la vida con las cintas de cassete? Éstas ya tenían un canon igualito que el de los CDs y nadie se quejaba de nada, ni la SGAE ni los artistas ni nadie. Pues será por eso, porque con el canon ya se quedaban a gusto.

    De todas formas yo en el momento que sacaron el canon, lo primero que pensé fue: "ahora ya podemos copiar sin que nos denuncien por ello" (para uso personal, claro).
    --
    València en bici [valenciaenbici.org]
    [ Padre ]
  • por keo01 (10680) el Viernes, 10 Septiembre de 2004, 13:31h (#352116)
    te estas equivocando entre copia de seguridad y copia privada.
    Para la primera no tienes que pagar ningun canon, y solo sirve para programas informaticos, y para ella SI debes poseer el original.
    Pero la copia privada, que solo se aplican a fonogramas, etc. no se establece la necesidad de ser el poseedor de ningun original para ejercer el derecho de copia privada.

    Te remito a el link que puse mas abajo. Yo he aportado pruebas, ahora aportalas tu para demostrar que no estoy en lo cierto.
    [ Padre ]
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