Lo que yo interpreto de la utilización colectiva se refiere a la reproducción y no a la puesta a disposición para la posterior reproducción privada
Pues yo creo que esa diferencia no es tal. Legalmente pueden ser lo mismo ambas acciones. De hecho he leído varios comentarios jurídicos en este sentido.
Estás distribuyendo públicamente unos contenidos sin tener los derechos necesarios.
Re:curioso
(Puntos:2)( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Lunes, 13 Marzo de 2006, 19:57h )
Pues yo creo que esa diferencia no es tal. Legalmente pueden ser lo mismo ambas acciones. De hecho he leído varios comentarios jurídicos en este sentido.
Estás distribuyendo públicamente unos contenidos sin tener los derechos necesarios.