Lo que se hizo fue revisarla entre un par de abogados, que hicieron una traducción de los términos legales, y adaptaron partes muy pequeñitas, teniendo en cuenta la diferencia de las leyes de propiedad intelectual inglesa y española. La mayoría de las personas que hicieron este trabajo fueron también los ponentes de la presentación en Madrid de Creative Commons España [derecho-internet.org]. Te recomiendo la lectura de la intervención de Javier de la Cueva [derecho-internet.org].
¿Fue necesaria la aprobación de una ley por el Parlamento?
En absoluto. Lo que sí fue necesario es alguien con un conocimiento preciso de las leyes de copyright y propiedad intelectual en el país (así como de las peculiaridades del sistema legal y jurídico). Es muy recomendable ver si las licencias tienen algo potencialmente conflictivo con las leyes en vigor.
Re:creative commons
(Puntos:3, Informativo)( http://acm.asoc.fi.upm.es/~mr/ )
Lo que se hizo fue revisarla entre un par de abogados, que hicieron una traducción de los términos legales, y adaptaron partes muy pequeñitas, teniendo en cuenta la diferencia de las leyes de propiedad intelectual inglesa y española. La mayoría de las personas que hicieron este trabajo fueron también los ponentes de la presentación en Madrid de Creative Commons España [derecho-internet.org]. Te recomiendo la lectura de la intervención de Javier de la Cueva [derecho-internet.org].
¿Fue necesaria la aprobación de una ley por el Parlamento?
En absoluto. Lo que sí fue necesario es alguien con un conocimiento preciso de las leyes de copyright y propiedad intelectual en el país (así como de las peculiaridades del sistema legal y jurídico). Es muy recomendable ver si las licencias tienen algo potencialmente conflictivo con las leyes en vigor.
        _ Iván Sánchez Ortega "MR"
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