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  • Re:Sigue sin parecerme bien

    (Puntos:4, Inspirado)
    por Stephen Root (15836) el Sábado, 19 Marzo de 2005, 15:28h (#465332)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Sábado, 04 Junio de 2005, 09:09h )
    Claro que aplicamos el doble rasero. Y por un motivo muy simple:

    La GPL (y demás licencias libres) son algo bueno, los DRM no.

    Naturalmente no le damos la misma validez a las cosas buenas que a las malas.
    --


    Ladrones [www.sgae.es] y mafiosos [www.sgae.es]
    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Sábado, 19 Marzo de 2005, 18:04h (#465407)
    La GPL (y demás licencias libres) son algo bueno, los DRM no.

    Firmado el posedor de la verdad.
    [ Padre ]
  • Re:Sigue sin parecerme bien

    (Puntos:2, Inspirado)
    por lasizoillo (9545) el Domingo, 20 Marzo de 2005, 12:01h (#465619)
    ( http://127.0.0.1/ | Última bitácora: Jueves, 01 Julio de 2010, 03:18h )
    Eso es como decir que si no te gusta la copia original de un cd de musica porque no la puedes oir en el ordenador, te jodas. Eso no es asi, desde el momento que hay una ley que permite tu derecho a copia privada de ese cd por el que has pagado. Y eso en un soporte por el que estas pagando un canon de copia privada. El no permitirte copiar el cd es algo abusivo y no compatible con el sistema legal de nuestro pais.

    Este tio no ha hecho algo para "piratear" el trabajo de nadie, ni para no pagar en la tienda de Apple. Sino para tener derecho a copia (y posibilidad de hacerla) de una canción que ¡has pagado y comprado legalmente! Así que no mezclemos churras con merinas. Una cosa es saltarse una proteccion que por lo menos en España no deberia tener aplicación legal (precedente de Alejandro Sanz) y otra cosa es salir con una manta a un camino como Curro Jimenez o un mantero anonimo.

    Yo creo que no hay doble rasero. ¿Y tu, lo sigues creyendo?
    --
    Una vez metido, recordad lo sucedido [laquadrature.net].
    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Miércoles, 23 Marzo de 2005, 15:45h (#467599)
    Creo que es distinto, fundamentalmente porque las presuntas «protecciones digitales» son algo radicalmente distinto de los derechos de autor. Aunque haya mucha gente interesada en que pensemos que es lo mismo. La GPL funciona no por las mismas condiciones del contrato, sino porque es menos restrictiva que los derechos de autor, por lo que si uno no acepta la licencia, no tiene derecho de otro modo de modificar o copiar el código o los binarios. Las «protecciones digitales» en cambio son una ampliación (por decirlo de algún modo) que va en contra de los derechos de autor. Al autor (y subsidiariamente al editor (aunque al final todo es explotación económica) se le otorgan derechos exclusivos de publicación por un período limitado de tiempo, precisamente por el hecho mismo de que la obra se pone a disposición del público. Eso es lo que no pasa con las «protecciones digitales», ya que sola venta no es lo mismo que la publicación. Los propietarios de obras intelectuales son propietarios de pleno derecho, si bien el autor tiene la exclusividad en la difusión de la obra y obras derivadas. Por eso un autor no tiene derecho a controlar los usos de su obra, como muchos argumentan erróneamente. De otro modo, tendremos que aceptar que la propiedad intelectual es un modo de negar la propiedad privada.
    [ Padre ]