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  • Re

    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Martes, 19 Julio de 2005, 00:10h (#553811)
    "La respuesta es simple: sólo se puede cerrar un código GPL si aceptan cambiar la licencia todos sus autores."

    Pues yo no soy abogado pero eso no lo tengo claro. Si alguien decide licenciar un determinado software bajo la licencia GPL, ese software, todo ese software y nada más que ese software, es libre de por vida, así como los productos generados después a partir de él.

    Sí uno usa la licencia GPL original, ni siquiera el autor mísmo está autorizado a licenciarlo después de otra forma, por mucho que quiera. Que yo sepa no hay ninguna claúsula en la GPL que autorice a NADIE a realizar eso. Es decir, todo lo que es GPL debe de seguir siéndolo.

    De hecho, si un autor realiza un software y lo licencia bajo GPL, aunque lo haya desarrollado el solito, después no puede cambiarle la licencia a una privativa. ¿Por qué? Porque la licencia GPL impide que ninguna persona (ni el autor, ya que no menciona ninguna excepción) puede cambiar luego la licencia.

    Y como en esto, pasa en muchas cosas. Por ejemplo nadie puede patentar una cosa, dejar que todo el mundo lo use y después exigir derechos al cabo de los años. En estos puntos la legislación es muy específica y se aplica a multitud de casos, desde patentes a marcas registradas y demás.

    Saludos
  • Re:Re

    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Martes, 19 Julio de 2005, 00:56h (#553827)

    "Sí uno usa la licencia GPL original, ni siquiera el autor mísmo está autorizado a licenciarlo después de otra forma, por mucho que quiera".

    Eso es falso. El autor tiene todos los derechos del mundo. La GPL se aplica sólo a los demás.

    "[...] la licencia GPL impide que ninguna persona (ni el autor, ya que no menciona ninguna excepción) puede cambiar luego la licencia".

    De nuevo falso. El autor no está sujeto a la GPL, de la misma forma que Microsoft no está sujeto a su EULA.

    [ Padre ]
    • Re:Re de gazpa (Puntos:2) Martes, 19 Julio de 2005, 05:27h
      • Re:Re de musg1 (Puntos:2) Martes, 19 Julio de 2005, 05:49h
      • Re:Re de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 06:09h
      • Re:Re de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 06:13h
      • Re:Re de Pirx (Puntos:1) Martes, 19 Julio de 2005, 10:01h
        • Re:Re de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 12:44h
  • Re:Re

    (Puntos:2, Interesante)
    por turbidostato (6622) el Martes, 19 Julio de 2005, 01:35h (#553834)
    ( http://barrapunto.com/ )
    "Pues yo no soy abogado pero eso no lo tengo claro."

    Posfueno, posfale, posmalegro.

    ¿Y qué tal un poquito de leerse la licencia y aplicar el sentido común?

    "Si alguien decide licenciar un determinado software bajo la licencia GPL, ese software, todo ese software y nada más que ese software, es libre de por vida, así como los productos generados después a partir de él. "

    Vale. Ahora sólo te queda definir qué es eso que llamas "software", y en qué exacta parte de la licencia pone eso que dices.

    "Sí uno usa la licencia GPL original, ni siquiera el autor mísmo está autorizado a licenciarlo después de otra forma"

    Vuelvo a lo de antes: defina usted qué es eso del "software" y entonces sabremos si tiene usted razón o no (yo digo que sí, que la tiene, pero que se aplica a otro objeto distinto del que crees, porque no te has parado a pensar en qué es eso del "software").

    "¿Por qué? Porque la licencia GPL impide que ninguna persona (ni el autor, ya que no menciona ninguna excepción) puede cambiar luego la licencia."

    Vale. Ahora sólo te queda señalar la parte exacta donde pone eso. No creo que te resulte muy difícil; despues de todo, la GPL no es tan larga.

    "Y como en esto, pasa en muchas cosas"

    ¿Que la gente habla por hablar, sin pararse a pensar en lo que dice? Pues sí: pasa en muchas cosas.

    "Por ejemplo nadie puede patentar una cosa, dejar que todo el mundo lo use y después exigir derechos al cabo de los años"

    Vale: como en el caso anterior, sólo te falta ahora citar la parte de la legislación correspondiente en que pone eso (pista: no creo que la encuentres).

    "En estos puntos la legislación es muy específica"

    Suele serlo. Pero ¿de qué legislación estamos hablando?

    "...y se aplica a multitud de casos, desde patentes a marcas registradas y demás. "

    Por esto último lo digo: ciertamente, la legislación aplicable a las patentes no es la misma que la aplicable a las marcas registradas y, de forma igualmente comprobable, los principios legales en los que se basan unas y otras no son equivalentes: en general, una patente es una patente, y su poseedor puede elegir defenderla o no, o hacerlo inmediatamente, al cabo de un tiempo (dentro del periodo de validez de la patente) o nunca; como puede elegir no cobrar nada por su implementación a fulanito, cobrarle una pastita a menganito y un fortunón a zutanito; por el contrario, las marcas registradas, puesto que suponen un reconocimiento de imagen de la empresa que la ostenta, deben ser siempre defendidas, so pena de perderla (repito, por lo general, en países occidentales, y habida cuenta los criterios corrientes de posibilidad de conocimiento y capacidad de reacción), puesto que si se abandona dicho reconocimiento luego no puede ser recabado de nuevo (que se lo pregunten a Osborne y su toro: una vez que El Toro ya no es reconocido como "Osborne" sino como "Usted Está en España", ese toro ya no es de Osborne y ya no puede invocarlo como imagen de marca -que no es lo mismo que la Marca Registrada, por eso en los toros de Osborne ya no pone Osborne pintado en rojo-, pero sí pariente próximo, lo que no ocurre con las patentes-), mientras que la inventiva es insoslayable (si yo fui el primero en imaginar e implementar un cachivache, fui el primero, independientemente de lo que pudiera ocurrir después, que se lo pregunten si no a los usuarios de memoria DRM).

    Pero volviendo al principio, ¿qué es el software? Igual después de mucho pensar se te ocurre una definición razonable, pero a los abogados, que son mucho más pragmáticos, esa definición es posible que no les interese. Para los interesados en temas de licencias y contratos, lo único importante es que tú me diste algo y yo recibí algo, junto con unas instrucciones sobre qué puedo hacer y no hacer con ese algo, y exclusivamente por lo que respecta a ese algo. En ese aspecto, el "software" no existe: lo único que existe son los binarios que físicamente me das (en un diskette, CD-ROM, des
    [ Padre ]
    • Y digo yo... de pobrecito hablador (Puntos:-1) Martes, 19 Julio de 2005, 06:07h
      • Re:Y digo yo... de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 06:15h
        • Re:Y digo yo... de pobrecito hablador (Puntos:-1) Martes, 19 Julio de 2005, 06:49h
          • Re:Y digo yo... de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 07:18h
      • Re:Y digo yo... de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 07:04h
    • Re:Re de Defero (Puntos:1) Martes, 19 Julio de 2005, 11:38h
      • Re:Re de pobrecito hablador (Puntos:0) Martes, 19 Julio de 2005, 12:41h
      • Re:Re de turbidostato (Puntos:2) Martes, 19 Julio de 2005, 13:00h
  • Re:Re

    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Martes, 19 Julio de 2005, 11:24h (#554169)
    El codigo original que publico el autor puede ser liberado con la licencia o licencias que prefiera el autor. Inclusó más de una (librerías Qt, comercial y GPL)

    Los trabajos derivados (escritos por otros autores) de ese código son los que están protegidos por la GPL, los autores de esas contribuciones tienen la autoría (propiedad) del código contribuído.

    Por ejemplo:
    Un contribuyente a un proyecto GPL programa un módulo de ampliación, digamos 1000 líneas de código. Mas tarde descubre que esas 1000 líneas de código que él mismo ha programado las puede usar en un software suyo, comercial, coje esas 1000 líneas y las inserta en su soft cerrado. El problema sería si cogiera algo más que esas 1000 líneas que él mismo ha programado.

    Aunque la GPL es vírica, no priva en absoluto los derechos del código escrito por el autor, otra cosa es que el código de un solo autor sea funcional sin el de los demás.
    [ Padre ]