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  • por tnarik (8265) el Viernes, 17 Febrero de 2006, 09:23h (#698821)
    ( http://www.dedos.net/ | Última bitácora: Miércoles, 26 Julio de 2006, 12:22h )
    Lo que dice la Comisión Europea está en este documento (supongo que en alguno más), en la página 11. http://europa.eu.int/comm/internal_market/copyrigh t/docs/management/study-collectivemgmt_en.pdf Lo que dice es que una vez concedidos los derechos a una entidad de explotación, no se pueden conceder a ninguna otra entidad. La CE lo plantea como un problema de negocio.