La constitución española dispone la "irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables": Como bien han dicho los compañeros anteriormente, si por motivo de una ley, Hacienda debe pagarte pasta, la retroactividad de la ley es legal, valga la redundancia; sin embargo, si te tocara a pagar a ti, la ley es irretroactiva en sus efectos.
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Temos duas orelhas e umha boca, para falar menos e escuitar máis.
Re:¿Mande? ¿Algún letrado en la sala?
(Puntos:1)( http://emf.host.sk/ | Última bitácora: Jueves, 12 Junio de 2003, 12:34h )
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