Bueno, no creo que tenga que ser exclusivamente el autor quien lo pueda relicenciar. Puede ser por otra persona siempre que cuente con el permiso del autor. Y ese permiso del autor puede darse de forma automática según ponga la licencia original.
De hecho en una de las cosas en las que consiste el Software Libre es que el autor original da permiso para relicenciar la obra y sus derivadas, con la misma licencia o con otra, según.
por
pobrecito hablador
el Martes, 02 Mayo de 2006, 12:35h
(#736488)
"Un código no se puede "relicenciar" (cambiar la licencia) por otra persona que no sea el autor."
Chorradas.
Un código puede relicenciarlo cualquiera... siempre que la licencia original lo permita.
Puedo perfectamente tomar código BSD y relicenciarlo bajo una EULA restrictiva, por ejemplo (Microsoft, sin ir más lejos lo ha hecho en múltiples ocasiones con cosas como la pila TCP/IP o el cliente/servidor FTP).
Lo que no puedo hacer es una relicenciación exclusiva (es decir que afecta a mi copia y a todas las demás) pero es que eso no lo puede hacer, en general, ni el autor.
Por lo que respecta a la gestión de los derechos de copia, ser el autor no te da ninguna ventaja en particular (salvo que el autor es por defecto también el gestor de los derechos de copia).
Re:Sobre el cambio de licencias.
(Puntos:2)( http://www.miriamruiz.es/ )
De hecho en una de las cosas en las que consiste el Software Libre es que el autor original da permiso para relicenciar la obra y sus derivadas, con la misma licencia o con otra, según.
Miry
Re:Sobre el cambio de licencias.
(Puntos:0)Chorradas.
Un código puede relicenciarlo cualquiera... siempre que la licencia original lo permita.
Puedo perfectamente tomar código BSD y relicenciarlo bajo una EULA restrictiva, por ejemplo (Microsoft, sin ir más lejos lo ha hecho en múltiples ocasiones con cosas como la pila TCP/IP o el cliente/servidor FTP).
Lo que no puedo hacer es una relicenciación exclusiva (es decir que afecta a mi copia y a todas las demás) pero es que eso no lo puede hacer, en general, ni el autor.
Por lo que respecta a la gestión de los derechos de copia, ser el autor no te da ninguna ventaja en particular (salvo que el autor es por defecto también el gestor de los derechos de copia).