por
pobrecito hablador
el Sábado, 14 Abril de 2007, 17:10h
(#899495)
Tu respuesta parece pretenciosa porque en las mismas FAQ aparece la obligación de registrarte [www.lssi.es]. Sin embargo es necesario ir a la normativa [www.lssi.es] para ver que es necesario declarar la actividad comercial.
Re:LSSI y banners
(Puntos:0)