Me parece que te equivocas con la terminología y que tienes una pequeña empanada mental y mezclas churas con merinas. El término "competencias exclusivas" es de la Constitución Española para referirse a las relaciones Estado / Comunidad Autónoma. Lo que reclaman los ingenieros en informática es unas atribuciones profesionales claras (no necesariamente exclusivas) para su título universitario, tal y como poseen los ingenieros industriales o los ingenieros de telecomunicaciones. Una reclamación que a nadie debiera soprender por otra parte.
Al que no sea ingeniero en informática no le afectará en absoluto esta reclamación. La SGAE, en cambio, nos afecta a todos.
El hecho de que los ingenieros industriales, por ejemplo, tengan atribuciones profesionales y colegio no quiere decir que un físico o un matemático no pueda desarrollar tareas en el ámbito de la industria y la energía ni que todos los ingenieros industriales hayan de estar colegiados obligatoriamente. Simplemente se pide que los responsables firmantes de ciertos proyectos con responsabilidad civil han de ser ingenieros industriales y que han de estar colegiados para visar el proyecto. Por cierto, las cuotas colegiales deducen en el IRPF, la SGAE.
Es más, los Colegios están reconocidos en la Constitución Española de 1978, la SGAE no. Artículo 36: La Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.
Re:Ingenieria...
(Puntos:0)¿No se te ha pasado por la cabeza que los colegios oficiales y la SGAE son básicamente la misma cosa?
Pequeña aclaración
(Puntos:2)( http://notonlybridges.blogspot.com/ )
Al que no sea ingeniero en informática no le afectará en absoluto esta reclamación. La SGAE, en cambio, nos afecta a todos.
El hecho de que los ingenieros industriales, por ejemplo, tengan atribuciones profesionales y colegio no quiere decir que un físico o un matemático no pueda desarrollar tareas en el ámbito de la industria y la energía ni que todos los ingenieros industriales hayan de estar colegiados obligatoriamente. Simplemente se pide que los responsables firmantes de ciertos proyectos con responsabilidad civil han de ser ingenieros industriales y que han de estar colegiados para visar el proyecto. Por cierto, las cuotas colegiales deducen en el IRPF, la SGAE.
Es más, los Colegios están reconocidos en la Constitución Española de 1978, la SGAE no. Artículo 36: La Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.
Un saludo.
Not only bridges [blogspot.com]