por
pobrecito hablador
el Miércoles, 03 Octubre de 2007, 23:39h
(#967420)
¿Has llegado a leer todo lo que pone ese enlace?
Resumen que hacen:
"Resumiendo, las denominaciones de ciudad, villa, pueblo, aldea, lugar, etc., responden a diferencias de fueros del Antiguo Régimen, totalmente obsoletas desde el siglo XV, hasta el punto de que nadie puede reclamar nada reivindicando esos privilegios. Las denominaciones han quedado como un título honorífico.
En la actualidad, la Constitución, en su artículo 137, dice «El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses». Lo que quiere decir que en España sólo se reconocen jurídicamente los municipios sin distinción entre ciudad, villa, pueblo, etc. "
Esto se refiere claramente "al status jurídico-histórico de la ciudad", no a su realidad geográfica, densidad demográfica, su economía.
Un saludo, y sin lugar a duda todas estas ciudades, "villas" hacen de Asturias un llugar per guapu. (incluido Oviedo)
Re:Corrección
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