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  • por Pendejete (2182) el Miércoles, 01 Agosto de 2001, 15:34h (#45147)
    ( Última bitácora: Domingo, 11 Diciembre de 2005, 13:20h )
    Resulta que quitan a RedIRIS el poder de los puntoes para hacer unas normas casi igual de restrictivas que las que había antes. Y una vez más, el Ministerio se inventa cláusulas cuando le conviene:

    En caso de notable interés público, la Entidad Pública Empresarial Red.es podrá designar nombres de dominio especiales, incluidos los genéricos [...]

    e rectifican algunos apartados y expresiones que pudieran dar lugar a interpretaciones contrarias a los fines de la norma.

    (fuente: el NIC-es)

    Pues para mí, los fines de la norma estaban muy claros: no se podían registrar genericos. Hasta que al Gobierno les hizo falta, claro ;-)

    Esto me recuerda una vez más al escándalo que hubo hace años, cuando Telefonica, por error, publicitó el dominio www.telefonica.acciones.es y, antes que rectificar su publicidad, consiguió que en la normativa de RedIRIS se introdujese una cláusula que permitía esta clase de excepciones a la restrictiva norma... de esta forma Telefonica tuvo durante un tiempo en su poder el dominio más genérico que podiamos imaginar: acciones.es. Aquello, para quienes lo recuerden, fue un verdadero escándalo entre los ISPs, hartos como estábamos de la normativa de RedIRIS.