Que te la metan doblada no es favorable.
Cuando pagas el canon, no pagas por ningún derecho. El canon no te da derecho a realizar copia privada. La copia privada la tienes porque la ley decidió hace tiempo no perseguir las copias que se realizan en la privacidad, y que no salen de ahí, puesto que no se debe invadir la privacidad de todos por defender un negocio.
El canon es una "compensación" (al estilo derecho de pernada) otorgada por el estado por el supuesto ingreso menor que le ocasiona a una entidad privada que se pueda copiar su música en la privacidad (con la consiguiente supuesta no-compra del "original"). Simplemente das dinero a una sociedad privada que ha conseguido este tipo de inyección económica "compensatoria" sin que realmente se demuestre perjuicio real.
Incluso si aceptasemos "justo" el canon, este es español, en concreto sobre la música y peliculas cuyos derechos controlan estas entidades. No tiene nada que ver con la pelis americanas, o la música japonesa. Ellos tienen sus "SGAEs" propias y cobran o no a su población. La música libre o las que pertenecen a otras entidades (aún siendo españolas), tampoco tienen relacción con este canon.
El canon ahora se paga por cds, dvds, reproductores y grabadoras de dvds, escaners, impresoras, fotocopiadoras, etc... Lo que proponen es basicamente aplicarlo tambien a los operadores de adsl. No vas a ganar ningún derecho, sólo te va a salir la tarifa algo más alta, y ciertos individuos van a tener mayores ingresos sin trabajar ni nada.
Por lo cual, mi copia pirata de windows, no lo sería tal, sino que sería totalmente legal.
El software no tiene nada que ver. En España, la copia privada de software es ilegal (al contrario que la de musica y video). Sólo la copia de seguirad es legal. Da igual que te lo bajes de un p2p, o que te instales tu windows OEM en dos equipos. Ambas acciones son ilegales. (Si tienes dudas, lee la licencia).
Al contrario de lo que mucha gente piensa, la SGAE tiene acuerdos internacionales con otras sociedades mediante los cuales la SGAE gestiona los derechos de esas sociedades en España, y otras sociedades gestionan los derechos de la SGAE en el extranjero.
Por cierto, me ha dado por ir a la web de la SGAE y me he quedado de piedra al leer en portada el siguiente titular: "Nace la web www.copia-privada-si.com para acercar a usuarios y creadores de contenidos" me alegra ver que por lo menos flexibilizan sus opiniones.
Mis opiniones también son flexibles, yo pienso que esos artistas si tendrían que ser compensados por su trabajo, pero opino que el canon, cualquiera que sea, no es una medida compensatoria adecuada y cualquier medida compensatoria debería tener en cuenta lo siguiente:
1. Los soportes (por ejemplo, un CD) que se utilizan típicamente para almacenar las obras (se habla sobre todo de la música) tienen infinitos usos y la copia privada es solo uno de ellos, por tanto no es justo aplicar un canon sobre los soportes ya que solo una parte de sus compradores lo utilizarán para estas cosas. El caso que veo más sangrante es el de los teléfonos móviles, cuya función principal ni de lejos es la de reproducir las obras gestionadas por la SGAE.
2. Una obra copiada no equivale (ni mucho menos) a una obra no vendida. Y de hecho muchas copias se hacen para uso propio del que la ha comprado (en muchos casos porque el soporte no es adecuado, como los que lo pasan a mp3 para reproducir toda su colección en el ordenador o en un reproductor portátil, y en otros por copia de seguridad o para tener el soporte accesible en sitios diferentes como en el coche sin tener que estar pendiente de ellos)
Éste es un problema de difícil solución, pero estoy seguro de que haberla hayla.
Tenemos un buen lio en la cabeza.
(Puntos:4, Informativo)( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Martes, 27 Enero de 2009, 22:47h )
Cuando pagas el canon, no pagas por ningún derecho. El canon no te da derecho a realizar copia privada. La copia privada la tienes porque la ley decidió hace tiempo no perseguir las copias que se realizan en la privacidad, y que no salen de ahí, puesto que no se debe invadir la privacidad de todos por defender un negocio.
El canon es una "compensación" (al estilo derecho de pernada) otorgada por el estado por el supuesto ingreso menor que le ocasiona a una entidad privada que se pueda copiar su música en la privacidad (con la consiguiente supuesta no-compra del "original"). Simplemente das dinero a una sociedad privada que ha conseguido este tipo de inyección económica "compensatoria" sin que realmente se demuestre perjuicio real.
Incluso si aceptasemos "justo" el canon, este es español, en concreto sobre la música y peliculas cuyos derechos controlan estas entidades. No tiene nada que ver con la pelis americanas, o la música japonesa. Ellos tienen sus "SGAEs" propias y cobran o no a su población. La música libre o las que pertenecen a otras entidades (aún siendo españolas), tampoco tienen relacción con este canon.
El canon ahora se paga por cds, dvds, reproductores y grabadoras de dvds, escaners, impresoras, fotocopiadoras, etc... Lo que proponen es basicamente aplicarlo tambien a los operadores de adsl. No vas a ganar ningún derecho, sólo te va a salir la tarifa algo más alta, y ciertos individuos van a tener mayores ingresos sin trabajar ni nada. El software no tiene nada que ver. En España, la copia privada de software es ilegal (al contrario que la de musica y video). Sólo la copia de seguirad es legal. Da igual que te lo bajes de un p2p, o que te instales tu windows OEM en dos equipos. Ambas acciones son ilegales. (Si tienes dudas, lee la licencia).
Re:Tenemos un buen lio en la cabeza.
(Puntos:2)( http://mla.com.es/ )
Por cierto, me ha dado por ir a la web de la SGAE y me he quedado de piedra al leer en portada el siguiente titular: "Nace la web www.copia-privada-si.com para acercar a usuarios y creadores de contenidos" me alegra ver que por lo menos flexibilizan sus opiniones.
Mis opiniones también son flexibles, yo pienso que esos artistas si tendrían que ser compensados por su trabajo, pero opino que el canon, cualquiera que sea, no es una medida compensatoria adecuada y cualquier medida compensatoria debería tener en cuenta lo siguiente:
1. Los soportes (por ejemplo, un CD) que se utilizan típicamente para almacenar las obras (se habla sobre todo de la música) tienen infinitos usos y la copia privada es solo uno de ellos, por tanto no es justo aplicar un canon sobre los soportes ya que solo una parte de sus compradores lo utilizarán para estas cosas. El caso que veo más sangrante es el de los teléfonos móviles, cuya función principal ni de lejos es la de reproducir las obras gestionadas por la SGAE.
2. Una obra copiada no equivale (ni mucho menos) a una obra no vendida. Y de hecho muchas copias se hacen para uso propio del que la ha comprado (en muchos casos porque el soporte no es adecuado, como los que lo pasan a mp3 para reproducir toda su colección en el ordenador o en un reproductor portátil, y en otros por copia de seguridad o para tener el soporte accesible en sitios diferentes como en el coche sin tener que estar pendiente de ellos)
Éste es un problema de difícil solución, pero estoy seguro de que haberla hayla.
Salu2!!