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  • por pobrecito hablador el Lunes, 18 Febrero de 2008, 19:02h (#1016748)
    no lo creas: solo cubriría las descargas legítimas (es decir, las que están bajo el intercambio privado). El software está explicítamente excluido porque, según la LPI, no le cubre el derecho a copia privada.
    [ Padre ]
  • ¡CORRE, CORRE...!

    (Puntos:1, Divertido)
    por pobrecito hablador el Lunes, 18 Febrero de 2008, 19:11h (#1016754)
    ¡CORRE, CORRE...! ve a la sede de M$ con tu copia pirata de windows y diles que has pagado el canon digital por los CDs con que te la has grabado y que por lo tanto te la tienen que validar ¡CORRE, CORRE...!
    [ Padre ]
  • Tenemos un buen lio en la cabeza.

    (Puntos:4, Informativo)
    por Molleradura (19661) el Lunes, 18 Febrero de 2008, 19:49h (#1016779)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Martes, 27 Enero de 2009, 22:47h )

    Ese canon es favorable.
    Que te la metan doblada no es favorable.
    Cuando pagas el canon, no pagas por ningún derecho. El canon no te da derecho a realizar copia privada. La copia privada la tienes porque la ley decidió hace tiempo no perseguir las copias que se realizan en la privacidad, y que no salen de ahí, puesto que no se debe invadir la privacidad de todos por defender un negocio.
    El canon es una "compensación" (al estilo derecho de pernada) otorgada por el estado por el supuesto ingreso menor que le ocasiona a una entidad privada que se pueda copiar su música en la privacidad (con la consiguiente supuesta no-compra del "original"). Simplemente das dinero a una sociedad privada que ha conseguido este tipo de inyección económica "compensatoria" sin que realmente se demuestre perjuicio real.
    Incluso si aceptasemos "justo" el canon, este es español, en concreto sobre la música y peliculas cuyos derechos controlan estas entidades. No tiene nada que ver con la pelis americanas, o la música japonesa. Ellos tienen sus "SGAEs" propias y cobran o no a su población. La música libre o las que pertenecen a otras entidades (aún siendo españolas), tampoco tienen relacción con este canon.

    El canon ahora se paga por cds, dvds, reproductores y grabadoras de dvds, escaners, impresoras, fotocopiadoras, etc... Lo que proponen es basicamente aplicarlo tambien a los operadores de adsl. No vas a ganar ningún derecho, sólo te va a salir la tarifa algo más alta, y ciertos individuos van a tener mayores ingresos sin trabajar ni nada.

    Por lo cual, mi copia pirata de windows, no lo sería tal, sino que sería totalmente legal.
    El software no tiene nada que ver. En España, la copia privada de software es ilegal (al contrario que la de musica y video). Sólo la copia de seguirad es legal. Da igual que te lo bajes de un p2p, o que te instales tu windows OEM en dos equipos. Ambas acciones son ilegales. (Si tienes dudas, lee la licencia).
    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Lunes, 18 Febrero de 2008, 22:56h (#1016884)
    En el software, NO existe el derecho de copia privada, por tanto por mucho canon que pagas no puedes copiar el software, en ese caso si es pirateria y es ilegal... y pueden meter un puro de los gordos. De hecho la industria del sotfware esta excluida del reparto del canon, porque como todos sabemos "absolutamente nadie" utiliza los CDs para copiar otra cosa que musica de Ramoncin y compañia. Ya sabemos todos que los CDs son el "soporte idoneo" para la musica, pero no para otro tipo de datos como programas de ordenador... ¿quien pensaria semejante cosa? ...por favor, usar discos de ordenador, en grabadores de ordenador, para copiar programas de ordenador... ridiculo. Pues eso, que ironia a parte el canon no permite la copia de soft porque en ese caso no hay derecho de copia privada... manda güebos !!!
    [ Padre ]