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  • Re:¿ Y a tí ?

    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Viernes, 02 Mayo de 2008, 13:46h (#1039586)
    La diferencia es que copiar no es delito, venderlo sí, pero hay gente que no se quiere enterar.

    La ley garantiza el derecho a la copia privada de obras audiovisuales si no hay ánimo de lucro, y aunque no sean obras audiovisuales como juegos o programas las sentencias que han emitido los jueces son exculpatorias como ya hemos visto por aquí [barrapunto.com].

    No es la definición del diccionario la que aplica el juez, es la de la ley, y la ley deja bastante claro lo que es robo y lo que no. Otra cosa es que se quiera deformar el significado de las palabras y así convertir un comportamiento legítimo en un delito retorciendo el lenguaje.

    El espionaje industrial y el plagio no entran en ese saco, y de hecho si se demuestran se condenan. Sino, si basas tu negocio en el secreto, protégelo mejor, y si te plagian denúncialo para que todos se enteren y no lloriquees haciéndote la víctima que no viene a cuento con la copia de música.

    Sin ánimo de lucro muy muy muy pocas cosas que puedas copiar sin forzar nada van a ser constitutivas de un delito en España, por no decir una sola que yo sepa.

    [ Padre ]