Efectivamente, ese suele ser el modo de operar de la SGAE, que yo sepa, el repertorio gestionado no es público, y muchas veces tienes que ser tu el que demuestres que no estás usando repertorio de la SGAE. Vamos, que la presunción de inocencia se la comen. Un detalle importante: para librarse de la SGAE, no es necesario poner música Creative Commons, también se puede poner obras con copyrigth normal SI se tiene permiso de los autores originales, y estos no pertenecen a la SGAE o cualquier otra gestora de derechos de autor asociada a la SGAE. Dicho permiso pueden dártelo a cambio de una pequeña compensación económica, y todos saldrían ganando (menos la SGAE), el que usa la música pagaría menos que si tuviera que pagar a la SGAE, y el grupo ganaria más que si estuviera con la SGAE y tuviera que esperar a que la SGAE reparta.
Re:y mi duda es...
(Puntos:2, Informativo)Vamos, que la presunción de inocencia se la comen.
Un detalle importante: para librarse de la SGAE, no es necesario poner música Creative Commons, también se puede poner obras con copyrigth normal SI se tiene permiso de los autores originales, y estos no pertenecen a la SGAE o cualquier otra gestora de derechos de autor asociada a la SGAE. Dicho permiso pueden dártelo a cambio de una pequeña compensación económica, y todos saldrían ganando (menos la SGAE), el que usa la música pagaría menos que si tuviera que pagar a la SGAE, y el grupo ganaria más que si estuviera con la SGAE y tuviera que esperar a que la SGAE reparta.