Historias
Slashboxes
Comentarios
 
Este hilo ha sido archivado. No pueden publicarse nuevos comentarios.
Mostrar opciones Umbral:
Y recuerda: Los comentarios que siguen pertenecen a las personas que los han enviado. No somos responsables de los mismos.
  • Re:Duda

    (Puntos:2)
    por Maestro Jedi (16742) <{maestrojedi} {at} {gmail.com}> el Sábado, 25 Octubre de 2008, 12:00h (#1094146)
    Artículo 71 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias [juridicas.com] (aún vigente).

    Artículo 71. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.

    1. El consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para ejercer el derecho de desistimiento. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien objeto del contrato o donde hubiera de prestarse el servicio, la que determine los días que han de considerarse hábiles.

    [...]
    Pa mí que sólo se equivoca en el plazo, que según el texto este, es de 7 días, no de 15. Pero, por lo demás, ¡por supuesto que existe el derecho de desistimiento!

    Otra cosa es ya la costumbre de las tiendas de informática, electrónica y grandes superficies en este sentido, que ya no sé porque no compro demasiado de estas cosas, pero, al menos, la ley lo ampara.
     
    --
    Estoy en contra de la pena de muerte... siempre que no sea yo el verdugo, claro.
    [ Padre ]
    Puntos de inicio:    1  punto
    Modificador por Bonus-Karma   +1  

    Total marcador:   2  
  • Re:Duda

    (Puntos:1)
    por Javier Noval (2857) el Domingo, 26 Octubre de 2008, 21:48h (#1094450)
    ( http://www.flickr.com/photos/jnoval/ )

    Lo que dice ése artículo es que, si se ofrece ése derecho, se debe permitir un periodo mínimo de 7 dias. Pero el que te tengan que ofrecer derecho a desestimiento es otra historia, que viene en el art. 68.2:

    2. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato en los supuestos previstos legal o reglamentariamente y cuando así se le reconozca en la oferta, promoción publicidad o en el propio contrato.

    Falta por tanto saber cuáles son esos "supuestos previstos legal o reglamentariamente", que reconozco no saber aunque, como afirman más arriba, creo que sólo obligan a ofrecer el derecho a desestimiento en las compras a distancia (por Internet, venta por catálogo y similares), ya que no pudiste tener el producto en tus manos y verificarlo antes de comprarlo.

    [ Padre ]