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  • Re:Ley?

    (Puntos:2)
    por faragon (17575) el Lunes, 22 Diciembre de 2008, 16:45h (#1110652)
    ( http://www.voluntariado.net/ | Última bitácora: Domingo, 10 Junio de 2012, 21:48h )
    Creo que no es obligatorio (1 [consumer.es]), si bien mientras haya una tienda con esa política, iré allí antes que a otro sitio, aún pagando algo más.
    [ Padre ]
  • por pobrecito hablador el Lunes, 22 Diciembre de 2008, 16:53h (#1110656)
    Queremos disponer de 15 días de disfrute total de un producto y poder devolverlo, pero si nos entregan un producto usado, automáticamente lo rechazamos. Qué se supone que tiene que hacer el vendedor? Comerse el producto probado y devuelto?

    Entiendo que se ofrece una facilidad en cuanto a productos correctamente embalados, porque puede fallar un regalo, y en ese caso es normal.

    Por cierto, la ley especifica claramente que debe devolverse el dinero? Porque me parece que no es así.

    [ Padre ]
  • Re:Ley?

    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Lunes, 22 Diciembre de 2008, 16:56h (#1110658)
    Pues estás muy equivocado. El problema lo tiene gente como tú, que cree conocer la ley pero está bastante desinformado. En el comercio minorista de venta directa no hay ninguna ley que obligue al comercio a la devolución de dinero si este no se encuentra en mal estado. En el comercio con ventas a DISTANCIA (Internet, catálogo por correo) si que existe un período de 7 días para la devolución del producto y el reintegro del importe. Y respecto a los 2 años de garantía, sólo cubre los primeros 6 meses por defectos de fábrica, y apartir de ahí debes someter el producto a un peritaje ($$$ pagando ) para demostrar que se trata de un defecto de origen.
    [ Padre ]
  • Re:Ley?

    (Puntos:0)
    por pobrecito hablador el Lunes, 22 Diciembre de 2008, 17:00h (#1110662)

    (...) Si no voy equivocado, la ley ampara el retorno de casi cualquier producto durante 15 días sin dar más explicaciones, con retorno del dinero.

    Vas equivocado. El periodo de devolución es de siete días para productos comprados fuera del establecimiento comercial. Es decir, productos comprados por catálogo, por teléfono...

    Y sin usar? Es que no puedo probar si un aparato funciona?

    Tienes dos opciones: comprobarlo antes de pagar, o comprobarlo después en casa. En cualquier caso, no es lo mismo decir "lo devuelvo porque está mal", que decir "lo devuelvo porque me he arrepentido de comprarlo".

    Que ahora te digan que una tele tiene dos años de garantía no es una deferencia, es una obligación.

    Cierto. Pero no mezcles la garantía de devolución en caso de deficiencias, con el compromiso de devolución en caso de cambio de opinión.

    Cada cosa por su nombre.

    Y tu nombre es "desinformado".

    [ Padre ]