Mira, existe un canon por copia privada [wikipedia.org] que estás obligado a pagar por ley, aunque tengas el derecho de reproducción privada, debes pagar el impuesto. Si no lo pagas incurres en un delito.
Es como el alcohol, tú tienes derecho a beber, pero las botellas de alcohol deben pagar el impuesto y llevar la etiqueta, si alguien te vende alcohol sin pagar los impuestos eso es un delito.
¿De verdad crees que cometes un delito tributario (título XIV del Código Penal) si no pagas el "canon"?
El "canon" no es un impuesto, si el obligado a pagarlo (desde el fabricante/importador hasta el minorista son responsables del pago, alguno de la cadena lo debió pagar) no lo hace, no se va NUNCA a los tribunales penales, para reclamarlo, las entidades de gestión van a los tribunales civiles/mercantiles.
La administración tributaria, por el tema del canon, no mueve ni al más mísero funcionario porque no está dentro de sus competencias controlar el cobro del mismo.
No es como el alcohol, ni se le acerca. Ni todos están obligados a pagar canon, solo si el bien será utilizado por una persona que "pueda" realizar copias privadas, por ejemplo, la administración no debería pagar canon. De hecho, las discográficas no pagan canon sobre los CD que usan para realizar "los originales".
Hasta luego;)
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Una Bitácora de Jomra participa en D=a= [deigualaigual.net]
Re:Canonización preventiva.
(Puntos:2)( http://barrapunto.com/~puefale/bitacora | Última bitácora: Jueves, 01 Mayo de 2014, 10:26h )
Es como el alcohol, tú tienes derecho a beber, pero las botellas de alcohol deben pagar el impuesto y llevar la etiqueta, si alguien te vende alcohol sin pagar los impuestos eso es un delito.
Pué fueno, pué fale, pué m'alegro.
Maquinavaja.
Re:Canonización preventiva.
(Puntos:1)( http://bitacora.jomra.es/ | Última bitácora: Sábado, 16 Diciembre de 2017, 11:59h )
¿De verdad crees que cometes un delito tributario (título XIV del Código Penal) si no pagas el "canon"?
El "canon" no es un impuesto, si el obligado a pagarlo (desde el fabricante/importador hasta el minorista son responsables del pago, alguno de la cadena lo debió pagar) no lo hace, no se va NUNCA a los tribunales penales, para reclamarlo, las entidades de gestión van a los tribunales civiles/mercantiles.
La administración tributaria, por el tema del canon, no mueve ni al más mísero funcionario porque no está dentro de sus competencias controlar el cobro del mismo.
No es como el alcohol, ni se le acerca. Ni todos están obligados a pagar canon, solo si el bien será utilizado por una persona que "pueda" realizar copias privadas, por ejemplo, la administración no debería pagar canon. De hecho, las discográficas no pagan canon sobre los CD que usan para realizar "los originales".
Hasta luego
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