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  • por pobrecito hablador el Martes, 29 Septiembre de 2009, 06:05h (#1176667)
    «2. Si la copia privada es un derecho (que además se paga) deberían prohibirse las protecciones anticopia.»

    La ley recuerda que las protecciones anticopia son legales, que limitan el límite de copia privada, con lo que las obras que tienen dicha protección NO deberían poder reclamar luego una compensación por copia privada.

    Esto es, lo que sería lógico dentro de la actual regulación, es que si la distribuidora X reparte el DVD con protección anticopia, esa distribuidora no pueda cobrar la parte proporcional que le corresponde por las copias de dicho DVD, como pasa, por ejemplo, con los productores y distribuidores de software (no hay copia privada para el software, y no, las «copias de seguridad» no pagan «canon»).

    En otras palabras, ¿no quieres que te copien y ponen esas molestas protecciones? Pues no cobras canon, hala. A ver cuántos artistas se apuntan a pedir que les quiten las protecciones anticopia a sus obras para no perder un ingreso extra.
    [ Padre ]