por
pobrecito hablador
el Martes, 02 Febrero de 2010, 09:58h
(#1201039)
Por un lado, no se llama "canon" (ese es su nombre coloquial, no legal), se llama "Compensación equitativa por copia privada" (artículo 25 de la LPI). Por otro lado, no es un "impuesto" (aunque esté puesto por ley y sea obligatorio, eso no significa que sea un impuesto).
Re:Nada Nuevo
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