que empresas y profesionales que puedan demostrar que ellos lo necesitan para su actividad profesional podrían quedar exentos de pagar el canon, almenos a priori
Yo entiendo que aplicando lo que dice esta abogada y el principio de inocencia, deberá ser la SGAE la que demuestre que un ordenador, fotocopia, escáner, etc, comprado por una empresa o administración pública, deba estar grabado con canon. En principio cualquier compra con factura a empresa, autónomo o administración pública debe ir sin canon.
-- Nos leemos
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Ante todo, que quede claro que no soy abogado... Hombre, me recuerda a algo parecido al IVA, todo el mundo debe pagar el IVA, pero hay entidades (o empresas) que si demuestran que están dentro de la exensión del IVA les hacen un papel para que no tengan que pagarlo.
Por lo que he entendido del artículo el problema es ese, que no se permite a las empresas tener la exención del canon, por ejemplo, una empresa podría demostrar que utiliza las cintas, la lectora y un ordenador de backup para hacer backups de su información. Yo diría que el tema va por ahí, más que que nos vayan a quitar el canon...
por
pobrecito hablador
el Martes, 11 Mayo de 2010, 17:01h
(#1217708)
el principio de inocencia
El principio de inocencia (o presunción de inocencia) no entra en juego, porque nadie está atribuyendo "culpas" a nada. Nadie puede culparte de hacer algo que es legal. En realidad deberíamos hablar acerca de en quién debe recaer la carga de la prueba.
deberá ser la SGAE la que demuestre que un ordenador, fotocopia, escáner, etc, comprado por una empresa o administración pública, deba estar grabado con canon
El principio general es "quien alega, prueba", pero la cosa no es tan simple. Hay veces en que el que alega se enfrenta a una gran dificultad para probar lo que alega, lo que lleva a injusticias o a imposibilidad para aplicar una previsión legal. ¿Cómo va a probar la SGAE para qué uso algo que compro sin entrometerse en mi vida privada? Obligarle a demostrar algo así para cobrar el canon es lo mismo que quitarlo. Y no es mala idea que lo quiten, pero de momento no hay voluntad política. Si quieres mantener el canon, no hay más remedio que facilitar su recaudación a las entidades de gestión, eximiéndoles de la carga de la prueba, y atribuyendo la carga de la prueba a la otra parte por un mecanismo legal muy simple: la presunción. Es decir, a priori no sabemos si un dispositivo dado se va a utilizar para copiar obras sujetas a derechos de autor, así que la Ley hace una elección por nosotros: de entrada, vamos a presumir (presuponer) que el uso va a ser el de copia privada. Una vez fijada esa presunción, el que quiera dejar de pagar el canon, tendrá la posibilidad de demostrar que va a usar los soportes para cosas distintas. Nos gustará o no la existencia de esta presunción, pero es un mecanismo perfectamente válido en Derecho. Si debe o no debe existir la presunción es una cuestión de voluntad política, y no de legalidad.
La cuestión es que las presunciones no sólo se establecen en base a la facilidad probatoria de las partes implicadas, sino también a la incidencia estadística del hecho presumido. Es decir, si el 75% de las veces esos dispositivos se usan para copias privadas (porcentaje inventado), es más fácil imponer al 25% restante la carga de demostrar lo contrario, que imponerle la carga al 75%. Y si resulta que el 90% de los profesionales utilizan esos dispositivos para grabar contenidos no sujetos a derechos de autor, parece excesivo imponerles la carga de la prueba, y lo más razonable se antoja el presumir que no los van a utilizar para grabar ese tipo de contenidos.
Re:Aún no.
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Martes, 08 Julio de 2014, 11:19h )
Yo entiendo que aplicando lo que dice esta abogada y el principio de inocencia, deberá ser la SGAE la que demuestre que un ordenador, fotocopia, escáner, etc, comprado por una empresa o administración pública, deba estar grabado con canon. En principio cualquier compra con factura a empresa, autónomo o administración pública debe ir sin canon.
Nos leemos
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Re:Aún no.
(Puntos:4, Interesante)( http://barrapunto.com/~puefale/bitacora | Última bitácora: Jueves, 01 Mayo de 2014, 10:26h )
Por lo que he entendido del artículo el problema es ese, que no se permite a las empresas tener la exención del canon, por ejemplo, una empresa podría demostrar que utiliza las cintas, la lectora y un ordenador de backup para hacer backups de su información. Yo diría que el tema va por ahí, más que que nos vayan a quitar el canon...
Pué fueno, pué fale, pué m'alegro.
Maquinavaja.
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(Puntos:1, Divertido)Re:Aún no.
(Puntos:4, Interesante)El principio de inocencia (o presunción de inocencia) no entra en juego, porque nadie está atribuyendo "culpas" a nada. Nadie puede culparte de hacer algo que es legal. En realidad deberíamos hablar acerca de en quién debe recaer la carga de la prueba.
El principio general es "quien alega, prueba", pero la cosa no es tan simple. Hay veces en que el que alega se enfrenta a una gran dificultad para probar lo que alega, lo que lleva a injusticias o a imposibilidad para aplicar una previsión legal. ¿Cómo va a probar la SGAE para qué uso algo que compro sin entrometerse en mi vida privada? Obligarle a demostrar algo así para cobrar el canon es lo mismo que quitarlo. Y no es mala idea que lo quiten, pero de momento no hay voluntad política. Si quieres mantener el canon, no hay más remedio que facilitar su recaudación a las entidades de gestión, eximiéndoles de la carga de la prueba, y atribuyendo la carga de la prueba a la otra parte por un mecanismo legal muy simple: la presunción. Es decir, a priori no sabemos si un dispositivo dado se va a utilizar para copiar obras sujetas a derechos de autor, así que la Ley hace una elección por nosotros: de entrada, vamos a presumir (presuponer) que el uso va a ser el de copia privada. Una vez fijada esa presunción, el que quiera dejar de pagar el canon, tendrá la posibilidad de demostrar que va a usar los soportes para cosas distintas. Nos gustará o no la existencia de esta presunción, pero es un mecanismo perfectamente válido en Derecho. Si debe o no debe existir la presunción es una cuestión de voluntad política, y no de legalidad.
La cuestión es que las presunciones no sólo se establecen en base a la facilidad probatoria de las partes implicadas, sino también a la incidencia estadística del hecho presumido. Es decir, si el 75% de las veces esos dispositivos se usan para copias privadas (porcentaje inventado), es más fácil imponer al 25% restante la carga de demostrar lo contrario, que imponerle la carga al 75%. Y si resulta que el 90% de los profesionales utilizan esos dispositivos para grabar contenidos no sujetos a derechos de autor, parece excesivo imponerles la carga de la prueba, y lo más razonable se antoja el presumir que no los van a utilizar para grabar ese tipo de contenidos.