A eso lo llaman derecho al olvido [elpais.com]. Es un problema que ya está planteado. Aunque aún hay discusión sobre el tema, mi opinión es:
En general debería haber la opción a poder retirar información de webs y buscadores cuando sea el propio interesado el que lo demande. El problema es determinar cuando es un derecho que no coharta el derecho de otros. Es decir, es diferente que borres tu blog y pidas que no se encuentre referencias a este a que alguien en un blog hable de tí y explique un hecho cierto que, aunque no te guste, no afecta a tu honor. Por ejemplo, si alguien dijera en su blog "yo fumaba porros con manolo" o "tal restaurante es una mierda, me encontré un raton en mi comida", el único que debería poder retirlo es quién ha realizado las afirmaciones, ya que son verdaderas.
En caso de resolución judicial (por ejemplo en el link que he puesto el juez determina que hay que retirar la información de las ediciones digitales) o cuando se debería retirar del historial delictivo de la persona. Me parece recordar que apartir de los 3 o 5 años de haber cumplido la condena dejan de aparecer estos antecedentes en el historial delectivo deberían desaparecer de buscadores y webs oficiales.
Todo esto tendríamos que pensárnolo en profundidad ya que si nos pasamos con el "derecho al olvido" estaremos cohartando el "derecho a la información" de la sociedad.
Es un debate interesante y con multitud de matices, pero lo que es seguro que es muy diferente a ir "metiendo debajo de google" los trapos sucios de uno mismo...
Me parece recordar que apartir de los 3 o 5 años de haber cumplido la condena dejan de aparecer estos antecedentes en el historial delectivo
Sé que la siguiente puntualización no aporta gran cosa al debate, pero no puedo evitar mencionar que el tiempo necesario para la cancelación de antecedentes penales [juridicas.com] depende del tipo de pena impuesta [juridicas.com]. Son seis meses para las penas leves, dos años para las de menos de 12 meses y por delitos imprudentes, tres años para las restantes penas menos graves, y cinco para las penas graves.
Aún si estuviera claro cuál retirar y cua no, la implementación de esto es simplemente imposible.
Laa gente habla a la ligera de "retirar". Pero retirar de dónde? Internet no es más que una red de redes. Prueben ver cuántos buscadores indexan cada página. Simplemente no es posible de forma práctica asegurar que nadie copió el citado artículo. Es más, no todos van a atenerse a las mismas legislaciones.
Re:CYNC un difamador que cobra por desdifamar
(Puntos:3, Interesante)( http://barrapunto.com/~puefale/bitacora | Última bitácora: Jueves, 01 Mayo de 2014, 10:26h )
En general debería haber la opción a poder retirar información de webs y buscadores cuando sea el propio interesado el que lo demande. El problema es determinar cuando es un derecho que no coharta el derecho de otros. Es decir, es diferente que borres tu blog y pidas que no se encuentre referencias a este a que alguien en un blog hable de tí y explique un hecho cierto que, aunque no te guste, no afecta a tu honor. Por ejemplo, si alguien dijera en su blog "yo fumaba porros con manolo" o "tal restaurante es una mierda, me encontré un raton en mi comida", el único que debería poder retirlo es quién ha realizado las afirmaciones, ya que son verdaderas.
En caso de resolución judicial (por ejemplo en el link que he puesto el juez determina que hay que retirar la información de las ediciones digitales) o cuando se debería retirar del historial delictivo de la persona. Me parece recordar que apartir de los 3 o 5 años de haber cumplido la condena dejan de aparecer estos antecedentes en el historial delectivo deberían desaparecer de buscadores y webs oficiales.
Todo esto tendríamos que pensárnolo en profundidad ya que si nos pasamos con el "derecho al olvido" estaremos cohartando el "derecho a la información" de la sociedad.
Es un debate interesante y con multitud de matices, pero lo que es seguro que es muy diferente a ir "metiendo debajo de google" los trapos sucios de uno mismo...
Pué fueno, pué fale, pué m'alegro.
Maquinavaja.
[FdT] Apunte legal intrascendente
(Puntos:1)( http://www.ekinabokatuak.com/ | Última bitácora: Jueves, 22 Febrero de 2018, 07:45h )
Sé que la siguiente puntualización no aporta gran cosa al debate, pero no puedo evitar mencionar que el tiempo necesario para la cancelación de antecedentes penales [juridicas.com] depende del tipo de pena impuesta [juridicas.com]. Son seis meses para las penas leves, dos años para las de menos de 12 meses y por delitos imprudentes, tres años para las restantes penas menos graves, y cinco para las penas graves.
abogado en Errenteria [ekinabokatuak.com]
Re:CYNC un difamador que cobra por desdifamar
(Puntos:1)( http://dklight.info/ | Última bitácora: Martes, 22 Noviembre de 2011, 16:54h )