No creo que sea una opinión muy particular que generalmente en el ámbito de las tecnologías las instituciones no lo suelen hacer muy bien.
Pero no, no es una queja, estoy defendiendo la medida en contraposición con lo que suele pasar.
¿Y qué de debemos hacer según tu? ¿tragar y no quejarnos?
Quejarse cuando se hacen las cosas mal, pero no por sistema.
Sí, en principio debería ser así, pero ya veremos...
Salvo que se haya gastado muchísimo en el desarrollo, no veo de qué forma no se va a ahorrar con la medida.
Hay que leerse las noticias con detenimiento...
Dice en el BOE:
Tras ello, en su apartado segundo, prevé una serie de supuestos en los que se permite que dichas notificaciones y comunicaciones se realicen por medios no electrónicos. Tal posibilidad responde fundamentalmente a la opción elegida por el interesado que ha comparecido de forma espontánea en las oficinas administrativas o a razones de eficacia de la actuación administrativa.
No sé dónde está la ley, pero me parece entender que depende en buena medida del interesado el recibirlo por los medios tradicionales.
Si se lo come el perro, en cualquier caso ya habrás visto la notificación (a menos que el perro sepa firmar y el cartero acceda a ello).
El perro se lo puede comer después de que lo recojas y antes de que lo leas. También puede ser que te lo recoja tu hijo y luego lo pierda o se le olvide decirlo.
Ya está bien de usar el infinitivo cuando toca usar el imperativo. ¡Qué barbaridad!
Re:Leyes a modificar... sin vacaciones!!!
(Puntos:2)( http://press.asqueados.net/ | Última bitácora: Jueves, 17 Abril de 2014, 09:50h )
No creo que sea una opinión muy particular que generalmente en el ámbito de las tecnologías las instituciones no lo suelen hacer muy bien.
Pero no, no es una queja, estoy defendiendo la medida en contraposición con lo que suele pasar.
Quejarse cuando se hacen las cosas mal, pero no por sistema.
Salvo que se haya gastado muchísimo en el desarrollo, no veo de qué forma no se va a ahorrar con la medida.
Dice en el BOE:
Tras ello, en su apartado segundo, prevé una serie de supuestos en los que se permite
que dichas notificaciones y comunicaciones se realicen por medios no electrónicos. Tal
posibilidad responde fundamentalmente a la opción elegida por el interesado que ha
comparecido de forma espontánea en las oficinas administrativas o a razones de eficacia
de la actuación administrativa.
No sé dónde está la ley, pero me parece entender que depende en buena medida del interesado el recibirlo por los medios tradicionales.
El perro se lo puede comer después de que lo recojas y antes de que lo leas. También puede ser que te lo recoja tu hijo y luego lo pierda o se le olvide decirlo.
Ahí te doy toda la razón.
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