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    (Puntos:1)
    por Defero (14845) el Jueves, 22 Diciembre de 2016, 09:16h (#1377571)
    ( http://www.ekinabokatuak.com/ | Última bitácora: Jueves, 22 Febrero de 2018, 07:45h )
    Lo de ab aeterno no es cierto. Como ya he dicho, el límite es la independencia económica, esto es, que los hijos obtengan de manera más o menos regular ingresos superiores al SMI. Eso sí, para que los hijos sean "merecedores" de la pensión, es necesario que hagan lo que esté en su mano para intentar conseguir esa independencia económica. El que no se esfuerza puede quedarse sin pensión, pese a no ser económicamente independiente.

    Por ejemplo, cuando estuve en prácticas pasó por mis manos un asunto de un hombre divorciado, con tres hijos cuya custodia se le había adjudicado a la exmujer, que tenía el salario embargado desde hacía más de diez años porque en su día no pagó la pensión como debía. De sus tres hijos, el segundo y el tercero ya eran independientes, pero el mayor, que tenía cerca de 30 años, desde que dejó los estudios con 16 años no había hecho absolutamente nada. Ni estudiar ni trabajar. No sé por qué el padre no había ido al abogado antes. Se pidió al Juzgado que se le quitara la pensión al hijo, porque aunque no era económicamente independiente, esto era debido a su falta de esfuerzo. Y el Juzgado le quitó la pensión, alzando el embargo.

    También he visto el caso contrario: una chavala de 19 años, que trabajaba desde los 16 años. Estaba estudiando Magisterio o algo así, con un expediente brillante, y compaginaba los estudios con tres trabajos: cuidaba unos críos, daba clases de baile a chavales pequeños, y ponía copas en un bar los fines de semana. Se sacaba unos 800 euros al mes en total. En cuanto su padre lo supo, dejó de pagarle la pensión de alimentos. La chavala vino al despacho a asesorarse, y aunque yo sabía que la respuesta era que su padre tenía la Ley a favor, por si acaso lo consulté con una compañera con más experiencia, porque la respuesta legal no coincidía con lo que mi instinto me decía. Creo que la chavala se tomó mi respuesta mejor que yo mismo.

    También tengo entre manos el caso de un hombre de mediana edad, que tras divorciarse y quedarse en el paro, está pasando serios apuros económicos. Su relación con su madre no es muy buena, pero pedirle ayuda a su madre, que sí cuenta con ingresos, es el único recurso que le queda. Así que se me ha designado para reclamar por este hombre una pensión de alimentos a su madre, octogenaria. Por supuesto, para que el Juzgado le reconozca el derecho a cobrar una pensión, no basta con acreditar el estado de necesidad, además hay que demostrar que dicho estado de necesidad no es culpa suya.

    Nunca se me ha dado, pero también sería legalmente viable que una madre que pasa apuros reclame pensión de alimentos a su hijo, si éste cuenta con recursos suficientes para hacerle frente.

    Esto se basa en un principio bien simple, que la mayoría de los integrantes de esta sociedad entendemos: la familia está para apoyarse. Por eso muchos "afectados por la hipoteca" han tenido que volver a vivir con sus padres, ya jubilados, o en casos menos graves, ir a casa de mamá a por tupers de comida y 50 euros para pagar el recibo de la luz. O muchos pensionistas de miseria tienen que vivir con sus hijos para poder llegar a fin de mes. Claro, cuando la familia se lleva mínimamente bien, esto no sale de la familia. Y "llevarse mínimamente bien" debe entenderse como suena, "mínimamente"; he visto familias a las que les falta el canto de un duro para liarse a tortas, pero aún así se acoge al que lo necesita. Pero cuando la cosa va mal... al abogado y al juzgado. Eso, o morirse de hambre. Es lo que hay.
    --
    abogado en Errenteria [ekinabokatuak.com]
    [ Padre ]
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